JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUERTO AYSEN

MP C/ HANS EMILIO SVEN POO CARDENAS

Rol

Fecha

29 de agosto de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y OÍDOS: Teniendo presente el mérito de los antecedentes que hasta ahora se conocen; alegaciones de los intervinientes; estimándose que, con los elementos probatorios reunidos, se tienen indicios bastantes para justificar en este estado procesal, la existencia del ilícito por el cual se ha formalizado al imputado, como asimismo, su participación en calidad de autor y, apreciándose aquellos factores de convicción como suficientes para considerar que la medida cautelar personal de prisión preventiva que se solicitó a su respecto, aparece como proporcionada, en atención a que la libertad de éste constituye un peligro para la seguridad de la sociedad,

Fundamentos

considerando para ello la gravedad de la pena asignada al ilícito por el que es investigado, haber sido condenado por delito de igual o mayor pena y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 140 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha veintiocho de agosto de dos mil veinticinco, en cuanto por ella se rechazó la medida cautelar personal de prisión preventiva y se decretaron las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial nocturno y arraigo nacional en contra del imputado HANS EMILIO SVEN POO CÁRDENAS, y en su lugar

Fallo

se resuelve que se decreta la referida medida cautelar personal de prisión preventiva en su contra. Acordado lo anteriormente resuelto con el voto en contra de la señora Ministro Titular doña Natalia Marcela Rencoret Oliva, quien fue del parecer de confirmar la resolución apelada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvanse. Rol N° 315-2025 (Penal).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, a veintinueve de agosto del año dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDOS: Teniendo presente el mérito de los antecedentes que hasta ahora se conocen; alegaciones de los intervinientes; estimándose que, con los elementos probatorios reunidos, se tienen indicios bastantes para justificar en este estado procesal, la existencia del ilícito por el cual se ha formalizado al imputado, como asimism

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica