13º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INVERSIONES VNT / MANUFACTURAS CANON

Rol

Fecha

29 de agosto de 2025

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha veinte de febrero de dos mil veinticinco, dictada en los autos Rol N° C-809-2017, seguidos ante el Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase la competencia. N°Civil-4518-2025. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Jenny Book Reyes, conformada por el Ministro (I) señor Pablo Toledo González y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veinticinco. Proveyendo los escritos 264252, 264253, 264254, 264255, 264256 y 264257 (todos de fecha 27 de agosto en curso, y signados con el folio 24): atendido que los documentos acompañados dicen relación con el fondo de la acción deducida, ocurrase ante quien corresponda. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es q

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