JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

MINISTERIO PUBLICO C/ WILSON JAVIER ALVAREZ REYES

Rol

Fecha

29 de agosto de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que, la defensa del imputado Wilson Javier Álvarez Reyes, formalizado como autor de los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades y porte de municiones, apeló en contra de la resolución dictada en audiencia el 25 de agosto del presente año, por el Juzgado de Garantía de Concepción, que intensifico las medidas cautelares decretadas del articulo 155 letras a) en carácter de total y d) del Código Procesal Penal, por la prisión preventiva del imputado, solicitando se revoque dicha resolución y se mantengan las cautelares impuestas. 2.- Que la defensa estima que la cautelar impuesta resulta gravosa

Fundamentos

considerando que se trata del primer incumplimiento del imputado, el imputado gozaría de irreprochable conducta anterior, sin perjuicio de reconocer el incumplimiento de la cautelar. 3.- Que el ministerio público solicita la confirmación de la resolución recurrida, dando cuenta que el imputado se encuentra en forma irregular en nuestro país y no poseía cédula de identidad y fue formalizado por dos ilícitos. Luego en agosto fue sorprendido en flagrancia en la vía pública en incumplimiento del arresto domiciliario total decretado, sin justificación, estima se debe considerar además el número de delitos por los que se encuentra formalizado. 4.- Que, en relación a la necesidad de cautela, en este estadio procesal, sólo se satisface con la medida cautelar decretada, pues resulta ser la única medida proporcional e idónea a aquélla, atendida la naturaleza de los delitos, el número de ilícitos por los que se encuentra formalizado y el bien jurídico protegido, unido a lo anterior el imputado ha incumplido, sin justificación, las medidas cautelares decretadas por lo que atendido lo dispuesto en el artículo 141 inciso final del Código Procesal Penal resulta perfectamente posible la intensificación efectuada. Por lo razonado y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de veinticinco de agosto del año en curso, dictada por el Juzgado de Concepción, que intensificó las medidas cautelares decretadas, imponiendo la prisión preventiva del imputado Wilson Javier Álvarez Reyes. Comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-1374-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción HGV/cms Concepción, veintinueve de agosto de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que, la defensa del imputado Wilson Javier Álvarez Reyes, formalizado como autor de los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades y porte de municiones, apeló en contra de la resolución dictada en audiencia el 25 de agosto del presente año, por e

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