MP C/ JOHANNS ALEXIS PALLERO ZAPATA.
Rol
Fecha
29 de agosto de 2025
Materia
TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como las decretadas impuestas por el tribunal a quo. Y atendido lo dispuesto en el artículo 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintisiete de agosto en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que sustituyó la prisión de Johanns Alexis Pallero Zapata por las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del mismo cuerpo legal, esto es, arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional. Acordada con el voto en contra de la ministra señora Liliana Mera Muñoz, quien estuvo por revocar la resolución apelada y mantener la prisión preventiva, por estimar que de los antecedentes del parte policial consta que el imputado se dio a la fuga al ser conminado a detenerse y que, tras la persecución, un menor de 13 años fue sorprendido portando un arma de fuego, indicando los funcionarios aprehensores que previamente el imputado le había entregado un objeto a dicho menor de edad. Tales hechos, en opinión de la disidente, permiten presumir en este estadio procesal la participación de Johanns Alexis Pallero Zapata en el ilícito investigado, de conformidad a la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Comuníque
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Fecha: veintinueve de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: 2837-2025 RIT: 1432-2025 Ruc: 2500856154-3 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): M. Isabel Saavedra Reyes Abogado asesor del Ministerio Público: Fabiola Lizama Díaz Defensor privado: Ives Alejandro Tapia Cubillos Imputado: Johanns Alexis Pallero Zapata Tipo de Recurso: Apelación cautelar Delito: Tene
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