30º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

VIDAL/LEAL ACUM. ING. CORTE 4596-2021 Y 10835-2022.- LTE

Rol

157963-2022

Fecha

30 de enero de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este juicio sumario seguido ante el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° C-32785-2017 y caratulado “Vidal con Leal”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha once de noviembre de dos mil veintidós, que confirmó las resoluciones de cuatro de mayo y quince de octubre de dos mil veintiuno, por las que se rechazó las objeciones del crédito deducida por dicha parte. 2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3°.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, no ha puesto término al juicio ni ha hecho imposible su prosecución, razón por la que el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Luis Carrasco E., en representación de la parte demandada, en contra de la resolución de once de noviembre de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase con sus agregados. N° 157.963-22.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Luis Carrasco E., en representación de la parte demandada, en contra de la resolución de once de noviembre de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase con sus agregados. N° 157.963-22.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintisiete de enero de dos mi veintitrés. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este juicio sumario seguido ante el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° C-32785-2017 y caratulado “Vidal con Leal”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de esta ciuda

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