FOSTAVILIA EXIUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
29 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras, abogado en representación de Fostavilia Exius, de nacionalidad haitiana, interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto del recurso presentado en contra de la resolución que rechazó su solicitud de residencia definitiva, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, así como lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley N°19.880. Expone que la parte recurrente presentó el recurso el 27 de septiembre de 2024 (sic) y que a la fecha aún no ha recibido respuesta, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre y le ha generado una serie de perjuicios. Previas citas legales, solicita se acoja el recurso, ordenando a la recurrida pronunciarse sobre la impugnación administrativa dentro de un plazo razonable adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que, informando al tenor del recurso, el Servicio Nacional de Migraciones señala, en lo pertinente, que el 17 de septiembre de 2021, la extranjera presentó una solicitud de permanencia definitiva, la que fue rechazada mediante Resolución Exenta N°24299939, de 18 de junio de 2024. Luego, el 29 de julio de 2024, la extranjera presentó un recurso administrativo en contra de la Resolución Exenta individualizada anteriormente, el que se encuentra en etapa de “análisis jurídico” desde el 27 de septiembre de 2024. Afirma que, en virtud del artículo 140 de la Ley 21.325, los efectos de la Resolución impugnada se suspenden mientras los recursos administrativos se encuentren pendientes, de forma que la solicitud de residencia definitiva se encuentra actualmente en trámite, pudiendo acceder la recurrente a un certificado que acredita tal situación, en los términos
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Fostavilia Exius en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Nº1718-2025 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintinueve de agosto de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras, abogado en representación de Fostavilia Exius, de nacionalidad haitiana, interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto del recurso presentado en contra
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