MARKOVITS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALPARAISO
Rol
Fecha
29 de agosto de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
Visto: Que, el abogado de la parte demandante interpuso recurso de casación en la forma, en contra de la sentencia definitiva de dos de junio de dos mil veintitrés, que rechazó íntegramente la demanda de indemnización de perjuicios deducida en contra de la I. Municipalidad de Valparaíso, condenando en costas a la demandante, solicitando que se anule la sentencia por vicios de forma y se dicte una de reemplazo acogiendo la demanda, o subsidiariamente, se revoque el fallo y acoja íntegramente la demanda. En contra de la misma sentencia se interpuso, además, recurso de apelación. Se declararon admisibles tanto el recurso de casación en la forma y el de apelación, ordenándose traerlos en relación para su conocimiento.
Fundamentos
Considerando: I. - En cuanto al recurso de casación en la forma: 1° Que, la causal que alega el recurrente es la del artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la omisión de fundamentación de hecho y derecho en la dictación de la sentencia, en relación al artículo 170 N° 4 y 5 del citado código, afirmando que el tribunal habría omitido valorar parte de la prueba. 2° Que, luego de señalar los antecedentes de primera instancia, señala que el vicio se manifiesta en un análisis incompleto de la prueba rendida, en lo relativo a la existencia, sentido y alcance de la obligación contractual quebrantada, el incumplimiento del plazo de ejecución de la obra y, a la tramitación en tiempo y forma de los estados de pago. 3° Que, continuando con su recurso expone que en el considerando vigésimo segundo de la sentencia, solo se examina el contrato de fecha 17 de julio de 2018 (celebrado entre las partes), pero no analiza las especificaciones técnicas, aclaraciones y respuesta, bases administrativas, la oferta y demás antecedentes presentados por el asesor (demandante), y todos los documentos relacionados con el llamado a licitación que según la cláusula segunda del contrato pasan a formar parte integrante del mismo, en consecuencia no analizó el sentenciador los documentos que se encuentran a folio 63 de los autos de primera instancia, denominado: Convenio mandato completo e irrevocable con la Ilustre Municipalidad de Valparaíso para la ejecución de las obras del proyecto “mejoramiento espacio público escala Sargento Aldea, Valparaíso”, en virtud del cual se lograba entender el sentido y alcance de las obligaciones de la demandada. 4° Que, de la lectura del
Fallo
fallo y acoja íntegramente la demanda. En contra de la misma sentencia se interpuso, además, recurso de apelación. Se declararon admisibles tanto el recurso de casación en la forma y el de apelación, ordenándose traerlos en relación para su conocimiento. Considerando: I. - En cuanto al recurso de casación en la forma: 1° Que, la causal que alega el recurrente es la del artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la omisión de fundamentación de hecho y derecho en la dictación de la sentencia, en relación al artículo 170 N° 4 y 5 del citado código, afirmando que el tribunal habría omitido valorar parte de la prueba. 2° Que, luego de señalar los antecedentes de primera instancia, señala que el vicio se manifiesta en un análisis incompleto de la prueba rendida, en lo relativo a la existencia, sentido y alcance de la obligación contractual quebrantada, el incumplimiento del plazo de ejecución de la obra y, a la tramitación en tiempo y forma de los estados de pago. 3° Que, continuando con su recurso expone que en el considerando vigésimo segundo de la sentencia, solo se examina el contrato de fecha 17 de julio de 2018 (celebrado entre las partes), pero no analiza las especificaciones técnicas, aclaraciones y respuesta, bases administrativas, la oferta y demás antecedentes presentados por el asesor (demandante), y todos los documentos relacionados con el llamado a licitación que según la cláusula segunda del contrato pasan a formar parte integrante del mismo, e
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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de agosto de dos mil veinticinco. Visto: Que, el abogado de la parte demandante interpuso recurso de casación en la forma, en contra de la sentencia definitiva de dos de junio de dos mil veintitrés, que rechazó íntegramente la demanda de indemnización de perjuicios deducida en contra de la I. Municipalidad de Valparaíso, condenando en costas a la dem
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