URIBE MANCILLA MARTA CECILIA/SOCIEDAD RYR LIMITADA-ROJAS GUZMAN MARCO PATRICIO
Rol
Fecha
29 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que de los antecedentes expuestos por la recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, desde que aquellos en que fundamenta su petición podrían ser conocidos a través de los procedimientos idóneos que el legislador ha previsto al efecto, toda vez que se refieren a controversias propias de competencia de los Juzgados de Letras del Trabajo y teniendo además en cuenta que estos autos son idénticos al rol 722-2025 Protección el que fue fallado con fecha catorce de agosto de dos mil veinticinco. Y visto, además, lo que dispone el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto. Al primer, y segundo otrosíes de la misma presentación, estese a lo resuelto. Regístrese digitalmente y archívese. N°Protección-788-2025.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto. Al primer, y segundo otrosíes de la misma presentación, estese a lo resuelto. Regístrese digitalmente y archívese. N°Protección-788-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintinueve de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Que de los antecedentes expuestos por la recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, desde que aquellos en que fundamenta su petición podrían ser conocidos a través de los procedimientos idóneos que el
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