JUZGADO DE GARANTIA DE TOME

CARLOS RICARDO ARANEDA BURBOA CONTRA JORGE DANIEL GARATE BECERRA

Rol

Fecha

29 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: 1° Que en audiencia de 28 de julio del presente año la Jueza del Juzgado de Garantía de Tomé revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva a que había sido condenado Jorge Daniel Garate Becerra, en causa Rit 47-2023, como autor del delito consumado de robo en lugar habitado, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, y de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos, durante el tiempo de la condena, delito cometido en la comuna de Tomé el día 14 de agosto de 2022, ordenando su cumplimiento efectivo, en virtud de los dispuesto en el articulo 27 de la ley 18.216. En contra de dicha decisión dedujo recurso de apelación por la defensa del sentenciado solicitando se enmiende dicha resolución y en su lugar se mantenga la pena sustitutiva concedida. 2° Debe dejarse establecido que, conforme a lo expuesto por las partes en la audiencia, el sentenciado se presentó al Centro de Reinserción Social, para dar inicio al cumplimiento de la pena sustitutiva el 20 de marzo de 2024, a fin de que se elabore su plan de intervención individual. 3° Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N°18.216, las penas sustitutivas reguladas en esta ley siempre se considerarán quebrantadas por el solo ministerio de la ley y darán lugar a su revocación, si durante el cumplimiento el condenado cometiere nuevo crimen o simple delito y fuere condenado por sentencia firme. 4° Que, como dio cuenta en su alegato el Ministerio Público, con fecha 3 de julio de 2024, Garate Becerra fue condenado por el delito de hurto simple del artículo 446 N°3 del Código Penal, por hechos acontecidos el día 13 de abril del año 2024, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y al pago de una multa de 5 UTM. 5° Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 antes citado, la sanción por el quebrantamiento de la pena sustitutiva es la revocación

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37 de la ley N°18.216, se confirma, la resolución dictada en la audiencia de veintiocho de julio del presente año, por la cual se revoca la pena sustitutiva concedida en la causa, debiendo cumplir en forma efectiva el saldo de la pena impuesta. Regístrese y léase en la audiencia fijada al efecto. Redactó la ministra interina Claudia Andrea Vilches Toro. ROL N° 1214-2024 Penal.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, veintinueve de agosto de dos mil veinticinco. VISTO: 1° Que en audiencia de 28 de julio del presente año la Jueza del Juzgado de Garantía de Tomé revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva a que había sido condenado Jorge Daniel Garate Becerra, en causa Rit 47-2023, como autor del delito consumado de robo en lugar habitado, a la pena de tres años y un

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