SIN INFORMACION

SEQUERA/AFP MODELO

Rol

Fecha

28 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 24 de junio de 2025, comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Jorge Luis Sequera Sánchez, de nacionalidad venezolana, ingeniero de petróleo, domiciliado en Estación Central, interponiendo recurso de protección en contra de la AFP Modelo S.A., representada por don Andrés Enrique Flisfisch Camhi, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el rechazo de la solicitud de devolución de fondos previsionales en calidad de extranjero. El recurrente expone que ingresó su solicitud de retiro de fondos a través de la plataforma habilitada por la AFP, acompañando la documentación requerida conforme a la Ley N° 18.156, que establece la exención de cotizaciones previsionales para técnicos extranjeros. Sin embargo, el 5 de junio de 2025 se le comunicó el rechazo fundado en que el certificado de afiliación al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) no cumplía con el requisito de legalización consular previsto en el Compendio de Normas del Sistema de Pensiones. Se argumenta que dicha exigencia resulta imposible de cumplir por causa de fuerza mayor, dado el quiebre de relaciones diplomáticas entre Chile y Venezuela, lo que impide obtener legalizaciones consulares. Aun así, el recurrente acompañó declaración jurada notarial en Chile que acredita su afiliación, la cual debe tener pleno valor probatorio al haber sido emitida en territorio nacional. Para reforzar su posición, el recurrente acompaña como antecedente comparativo la autorización otorgada por AFP Cuprum en un caso análogo, en que se aceptó documentación notarialmente jurada en Chile, sosteniendo que todas las AFP se rigen por la misma normativa y no pueden aplicar criterios disímiles, pues ello importaría un trato desigual y arbitrario. Se hace presente que el documento de afiliación contiene un código de verificación electrónico que permite comprobar en línea la autenticidad de la afiliación al IVSS, lo que satisface el objet

Fundamentos

considerando el escenario excepcional derivado de la crisis diplomática entre Chile y Venezuela, que podría llevar eventualmente a flexibilizar las exigencias formales de legalización o apostilla, la circunstancia de que el documento carezca de vigencia resta toda posibilidad de tenerlo como válido. De este modo, ni siquiera en un contexto de especial comprensión frente a la imposibilidad material de cumplir con ciertos requisitos formales, el instrumento presentado puede considerarse idóneo para enervar la decisión de la Administradora recurrida, la cual, por ende, aparece ajustada a derecho. OCTAVO: Que, en definitiva, no se configura en la especie vulneración alguna de las garantías constitucionales invocadas, por cuanto la conducta de la recurrida se ajusta plenamente a derecho, razón por la cual el presente recurso de protección no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Jorge Luis Sequera Sánchez, en contra de AFP Modelo S.A. Regístrese y archívese. N° Protección- 14.656-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, el Ministro (S) señor Nibaldo Bernardo Arévalo Macías y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. En Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veinticinco. A los folios 12 y 14: téngase presente. Al folio 13: a lo principal, como se pide. Al otrosí, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 24 de junio de 2025, comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Jorge Luis Sequera Sánchez, de nacionalidad venezolana, ingeniero de pet

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