JUZGADO DE GARANTIA DE VALPARAISO

MP C/ PAUL LOPEZ TIMANA

Rol

Fecha

28 de agosto de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado y teniendo especialmente presente que la ausencia de informe pericial acerca de la pureza y cantidad de droga incautada, a medida que pasa el tiempo, va diluyendo el análisis de peligrosidad que sustentó la prisión preventiva decretada en su oportunidad, lo que satisface las exigencias legales en relación a la variación de las circunstancias propia de la disminución de la necesidad de cautela, en razón de lo cual la decisión en alzada será confirmada. Por lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de catorce de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que revocó la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a Paul López Timana sustituyéndola por las cautelares de arraigo nacional, arraigo regional y arresto domiciliario nocturno. Se da orden de libertad inmediata en favor del imputado, si no estuviere privado de ella, por otra causa. Notifíquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-2272-2025.

Fallo

se declara inhabilitada para conocer de la presente causa, por lo que esta Tercera Sala se integrará con la Ministra señora Nancy Bluck Bahamondes, el Ministro Interino señor Germán Manuel Núñez Romero y el Abogado Integrante señor Gonzalo Góngora Escobedo, según complemento de esta misma fecha. Valparaíso, veintiocho de agosto de dos mil veinticinco. Sebastián Tapia Astudillo Relator ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiocho de agosto de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 11:30 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señora Nancy Bluck Bahamondes e integrada por el Ministro Interino señor Germán Manuel Núñez Romero y el Abogado Integrante señor Gonzalo Góngora Escobedo, para la vista del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público, en causa RIT N°2663-2025, RUC N° 2500483664-5 del Juzgado de Garantía de Valparaíso, Rol de Corte N° Penal-2272-2025, en contra de la resolución de catorce de agosto de dos mil veinticinco, en investigación formalizada por el delito de tráfico ilícito de drogas. Asisten a la audiencia, por el Ministerio Público, la abogada doña Lorena Celis Scherter, confirmando y el Defensor Privado don Jaime Silva Alarcón, confirmando, quienes expusieron sus argumentos de lo que queda registro íntegro en el audio de la Sala. Terminados los alegatos, la señora Presidenta dio por finalizada la presente audiencia, dejando constancia que se puso término a l

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Llg C.A. de Valparaíso. CERTIFICO: Que, la Ministra señora María Cruz Fierro Reyes. se declara inhabilitada para conocer de la presente causa, por lo que esta Tercera Sala se integrará con la Ministra señora Nancy Bluck Bahamondes, el Ministro Interino señor Germán Manuel Núñez Romero y el Abogado Integrante señor Gonzalo Góngora Escobedo, según complemento de esta misma fecha. Valparaíso, veintio

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