SIN INFORMACION

PICHARA JADUE MARIA/ ABU-GHOSH FERJ KARINA

Rol

Fecha

28 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece don José Ignacio Araya Vallejos, abogado, en representación de la tercera independiente María Violeta Pichara Jadue, en la causa Rol C-14766-2019, caratulada Banco Santander-Chile con Abu-Ghosh, seguida ante el 18° Juzgado Civil de Santiago, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha dieciséis de abril de dos mil veinticinco, que denegó la apelación deducida con fecha 9 de abril de 2025, solicitando se declare admisible dicho recurso de apelación. Expone que consta en autos que, conforme al artículo 761 del Código de Procedimiento Civil, con fecha 4 de septiembre de 2020 se solicitó el nombramiento de un perito para tasar el inmueble objeto del juicio, y que, el 19 de noviembre de 2020 fue designado el arquitecto Christian Acevedo Mozo, quien evacuó su informe con fecha 8 de diciembre de 2021, tasando la propiedad ubicada en Avenida Perú N° 946, comuna de Recoleta, Rol de avalúo N° 01275-00010, en 29.012,64 UF, equivalentes en esa fecha a $887.528.433. Indica que han transcurrido más de tres años sin actualizarse la tasación, y que el reajuste actual eleva el valor a $1.128.711.518 o, al menos, a $1.103.197.842 conforme al IPC, lo que demuestra una infravaloración superior al 25%. Añade que factores como la evolución del barrio y la oferta inmobiliaria refuerzan este desfase, generando un perjuicio patrimonial tanto para la ejecutada como para la tercera independiente. Refiere además que la compraventa celebrada entre el deudor y la demandada Abu-Ghosh ha sido objeto de una acción de nulidad por simulación actualmente tramitada ante el 2° Juzgado Civil de Santiago, Rol C-1515-2023, en la cual se decretó una medida precautoria inscrita en el Registro de Interdicciones, consistente en prohibición de celebrar actos o contratos respecto del inmueble.  Explica que, no obstante, el 18° Juzgado Civil de Santiago ordenó el remate para el 3 de abril de 2025, sin que constara la autorización requerida al tribunal que decretó la precautoria. Por ello, se solicitó la suspensión del remate con fechas 2 y 3 de abril de 2025, peticiones rechazadas mediante resoluciones de esa última fecha, folios 145 y 147. Precisa que contra dichas resoluciones se dedujo apelación el 9 de abril de 2025, pero el tribunal la rechazó mediante resolución de 16 de abril de 2025, por estimar que el remate no se realizó, declarando improcedente la apelación. Sostiene que dicha decisión vulnera el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, ya que la apelación constituye un medio de impugnación cuya admisibilidad debe ser verificada solo en cuanto a oportunidad y procedencia formal, correspondiendo al tribunal superior revisar el fondo. Alega que el 18° Juzgado Civil excedió su competencia al pronunciarse sobre el mérito del recurso, privando a su representada del derecho a que la Corte de Apelaciones conozca la apelación, afectando además las garantías de igualdad ante la ley, debido proceso y derecho a defensa. Solicita

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por don José Ignacio Araya Vallejos, abogado, en representación de la tercera independiente María Violeta Pichara Jadue, en la causa Rol C-14766-2019, caratulada Banco Santander-Chile con Abu-Ghosh, seguida ante el 18° Juzgado Civil de Santiago, en contra de la resolución de fecha dieciséis de abril de dos mil veinticinco, que denegó la apelación deducida con fecha 9 de abril de 2025. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-6477-2025 (Hecho) En Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que comparece don José Ignacio Araya Vallejos, abogado, en representación de la tercera independiente María Violeta Pichara Jadue, en la causa Rol C-14766-2019, caratulada Banco Santander-Chile con Abu-Ghosh, seguida ante el 18° Juzgado Civil de Santiago, e interpone recurso de hecho en contra

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