SIN INFORMACION

SUY/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA

Rol

Fecha

28 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto Y Teniendo Presente: PRIMERO: Que, comparece Camilo Ignacio González Delgado, abogado, en representación de Ruben Suy Maureira, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por haber efectuado descuentos en su remuneración desde mayo de 2025 a la actualidad, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se realizaron coetáneamente a un procedimiento judicial ejecutivo, vulnerando con ello el derecho de propiedad contemplado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita que se ordene el cese de los descuentos y la devolución de los montos descontados. Expone que en el mes de mayo del presente año, se percató que en su liquidación de su remuneración correspondiente a dicho mes, en la cual figuraba un descuento de $218.841 efectuado por la recurrida respecto de un pagaré que, por

Fundamentos

motivos de fuerza mayor, no pudo seguir pagando Sostiene que los descuentos efectuados en su liquidación de sueldo desde abril de 2025 por la Caja de Compensación, constituyen actos manifiestamente ilegales y arbitrarios. En cuanto a los fundamentos jurídicos, argumenta que respecto a los cobros que realizan las Cajas de Compensación por créditos sociales, debe estarse a lo dispuesto en el artículo 22 inciso 1° de la Ley N° 18.833, no ampara los descuentos o retenciones efectuados habiendo transcurrido más de tres años desde la mora y cualquier gestión para obtener el pago de la obligación. Además, cita jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema (Roles 23.258-2018 y 68.700-2016), que establecen que la aplicación del artículo 22 inciso 1° de la Ley N° 18.833 por parte de las Cajas de Compensación es solo aplicable para deudas exigibles, y que dicha normativa en ningún caso transforma tales obligaciones en imprescriptibles. Agrega que, según los fallos citados, efectuar un cobro mediante una herramienta administrativa, habiendo transcurrido años desde que la persona deudora se constituyó en mora, resulta arbitrario y antojadizo. Arguye que los descuentos mensuales ilegales y arbitrarios efectuados a su liquidación de sueldo vulneran su derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, ya que importan una privación del dominio sobre el dinero que debiera recibir mensualmente en su remuneración, además de constituir una amenaza actual al legítimo ejercicio de dicho derecho por cuanto es probable que los descuentos continúen en los meses sucesivos.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare que la recurrida incurrió en actos ilegales y arbitrarios que han tenido como consecuencia una privación, perturbación y amenaza del legítimo ejercicio de su derecho de propiedad, ordenando a la Caja de Compensación cesar los descuentos en sus liquidaciones de sueldo, procediendo a la devolución de los montos descontados desde mayo de 2025, adoptando todas las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. SEGUNDO: Que, al evacuar informe la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, solicita el rechazo del recurso de protección, por carecer de fundamentos. Fundamenta esta alegación en que los descuentos alegados por la actora son por concepto del crédito social N°131CON101210024, por la suma de $$3.628.563.-, a una tasa de 2.2%, pagadero en un plazo de 60 meses, con una cuota de $125.052.-, cuyo primer vencimiento fue el 30 de junio de 2019. Indica que las cuotas de los meses de junio a agosto 2019 y abono a cuota del mes de septiembre por $106.094, cuotas N° 1 a N° 3 y 4, fueron pagadas entre los periodos comprendido entre el 10 de julio 2019 al 10 de mayo 2025. Finamente indica que la operación de crédito se encuentra en cobranza judicial, manteniendo en estado moroso las cuotas de los meses de septiembre 2019 a mayo 2024, cuotas N° 4 a N° 60 de 60. En consecuencia, sostiene que en la especie nos encontramos frente a un crédito plenamente

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veinticinco. Visto Y Teniendo Presente: PRIMERO: Que, comparece Camilo Ignacio González Delgado, abogado, en representación de Ruben Suy Maureira, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por haber efectuado descuentos en su remuneración desde mayo de 2025 a la actualidad, a

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