JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP C/ KEVYN ALEX MERCURIO ROBLEDO Y PABLO ANDRÉS GONZÁLEZ MENESES.

Rol

Fecha

28 de agosto de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación de los imputados en el mismo, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada al delito, carácter del mismo, bien jurídico protegido, forma de comisión y la circunstancia de actuar en grupo o pandilla, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintiséis de agosto del año en curso, dictada en los autos RIT 3539-2025 por el Juzgado de Garantía de San Bernardo y, en su lugar, se declara que se mantiene la prisión preventiva de los imputados Kevyn Álex Mercurio Robledo y Pablo Andrés González Meneses, en razón de que ésta constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, dejando, en consecuencia, sin efecto la caución decretada. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2813-2025 Penal

Fallo

se declara que se mantiene la prisión preventiva de los imputados Kevyn Álex Mercurio Robledo y Pablo Andrés González Meneses, en razón de que ésta constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, dejando, en consecuencia, sin efecto la caución decretada. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2813-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiocho de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 2813-2025 Penal Ruc: 2500531487-4 RIT: 3539-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas y señora María Alejandra Rojas Contreras y abogado integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida Relator: Carolina Cordero Jara Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Cés

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