FRANCISCO JAVIER DÍAZ MALDONADO/ UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN
Rol
Fecha
27 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTO: Comparece el abogado FRANCISCO JAVIER DÍAZ MALDONADO, cédula de identidad 17.988.297-3, francisco.diaz@fjdiazabogados.cl, domiciliado en Av. Bello Horizonte 845, Of. 701, comuna de Rancagua, e interpone acción de protección contra la UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, RUT 81.494.400-K representada legalmente por don CARLOS SAAVEDRA RUBILAR, cedula de identidad Nº 8.867.380-8, Rector; DIRECCIÓN DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, don LUIS PARRA JIMÉNEZ, cedula de identidad Nº 8.943.134-4 Subdirector de Postgrado de la Universidad de Concepción y; Director del programa de Magister de Derecho Privado, don MAURICIO INOSTROZA SÁEZ, abogado, todos domiciliados en Víctor Lamas 1290, comuna de Concepción. Funda su recurso señalando que con fecha 23 de mayo de corrientes, le llega un correo electrónico para que realice la solicitud que extensión de plazo para rendir su examen de grado del programa de Magister de Derecho Privado de la Universidad de Concepción, con fecha hasta el 25 de agosto de este año, vía correo electrónico. Que, con fecha 28 de mayo de este presente año, presento la solicitud de extensión de plazo para rendir su examen de grado de dicho, argumentando que no podía antes, debido a que padece un trastorno depresivo mayor. La solicitud en comento debía ser apoyada y/o patrocinada tanto por el profesor guía y el Sr. Director del Programa. Para ser elevada los antecedentes a la Dirección de Postgrado de la Universidad de Concepción. Sin embargo, con fecha 12 de junio de 2025, el Director del programa me envía el siguiente correo electrónico: “Estimado Francisco, Hemos revisado su situación académica constatando lo siguiente: Ud. Terminaron las asignaturas el semestre 2023-1, por lo que comenzó a preparar su trabajo final en el semestre 2023-2. El programa solicitó una extensión para todo el curso en enero de 2024. En julio de 2024 Ud solicitó una extensión de plazo, que fue apoyada por el profesor guía y por el Programa, señalando que se trataba
Fundamentos
considerando la normativa vigente establecida por nuestra institución, lamentamos informarle que no es posible otorgarle una extensión adicional del plazo al estudiante para la culminación de estudios. Esta decisión se basa en el Reglamento de los Programas de Doctorado y Magíster, artículoN°2 letra E. Permanencia Máxima y Mínima en el programa: La permanencia máxima será de cuatro (4) años para Doctorado y dos (2) años para Magíster. La mencionada permanencia obedece a la necesidad de garantizar una formación con estándares de exigencia apropiados. Entendemos las dificultades que puedan haberse presentado, pero debemos garantizar el cumplimiento de los lineamientos institucionales para todos los estudiantes por igual.” (Sic). Cita normativa y finaliza solicitando se le otorgue un nuevo plazo para presentar y defender su examen de grado en el programa de Magister de Derecho Privado. Que, se inhabilite del el Sr. Director del Programa de Magister de Derecho Privado para tomar mí examen de grado. Que, se inhabilite para tomar mí examen de grado el Sr. Cristian Larraín Páez. Debido a que fue mi profesor guía. Que, se me conceda un nuevo profesor guía por lo considerado con anterioridad. Que se condene en costas a la recurrida. Informa Mauricio Andrés Inostroza Sáez, abogado, recurrido en calidad de Director del Magíster en Derecho Privado de la Universidad de Concepción, señalando que el programa de Magíster en Derecho Privado de la Universidad de Concepción tiene una duración de 4 semestres, distribuidos de la siguiente manera: a) 3 semestres lectivos (clases), que el recurrente cursó entre marzo de 2022 y julio de 2023. b) El cuarto semestre está dedicado exclusivamente a la elaboración de un Trabajo Final, más dos asignaturas (Derecho Privado Aplicado I y II) en que se les apoya en la elaboración del Trabajo Final. En el caso del recurrente, dicho semestre fue el que medió entre agosto y diciembre de 2023. En suma, el recurrente debió defender su Trabajo Final a más tardar el 31 de diciembre de 2023. No obstante lo anterior, la Dirección del Programa obtuvo de la Dirección de Postgrado una ampliación de plazo por un semestre adicional (desde 1 de enero de 2024 hasta el 31 de julio de 2024) para todos aquellos alumnos que no hubiesen podido finalizar su trabajo, sin necesidad de petición ni expresión de causa. Entre los beneficiados con esta medida estuvo el recurrente. En julio de 2024 el recurrente elevó una solicitud de nueva extensión de plazo fundamentada en “episodios de depresivo mayor desde marzo hasta la fecha”. En vista de los antecedentes invocados, el profesor guía y este Director apoyaron la solicitud, haciendo presente que se trataba de la ÚLTIMA prórroga, ya que el plazo ordinario se encontraba vencido desde diciembre de 2023 y anteriormente se había otorgado una prórroga de 6 meses. La extensión fue solicitada hasta el 15 de diciembre de 2024, pero fue otorgada por la Dirección de Postgrado hasta el 31 de diciembre de 2024.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, que: Se rechaza, sin costas, la acción de protección impetrada por Francisco Javier Díaz Maldonado en contra de UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, DIRECCIÓN DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN y del Director del Programa de Magister de Derecho Privado, don MAURICIO INOSTROZA SÁEZ. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la ministra interina Claudia Vilches Toro N°Protección-2842-2025.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. VISTO: Comparece el abogado FRANCISCO JAVIER DÍAZ MALDONADO, cédula de identidad 17.988.297-3, francisco.diaz@fjdiazabogados.cl, domiciliado en Av. Bello Horizonte 845, Of. 701, comuna de Rancagua, e interpone acción de protección contra la UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, RUT 81.494.400-K representada legalmente por don CARLO
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