CARO/REMUNERACIONES POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
28 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece el abogado don Patricio Flores Vilches, en representación de doña Katherine Nataly Caro Ávila, e interpone recurso de protección, en contra de la Jefatura Nacional contra el Crimen Organizado, de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por su jefe nacional don Mauricio Alfonso Jorquera Ramírez, por la emisión del oficio ORE-0059782-2025, de 3 de febrero de 2025, notificado el 6 de marzo de 2025, que rechazó su solicitud de destinación de servicios por consideraciones especiales, realizada el día 2 de diciembre del 2024, el cual estima que es arbitrario e ilegal, además de infringir las garantías constitucionales de un procedimiento e investigación racionales y justos, integridad psíquica y física, y protección de la familia. Para fundar la acción constitucional, explica que su representada se desempeña en la ciudad de Copiapó desde el año 2014, cumpliendo funciones en la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado a partir del año 2019. Agrega que contrajo matrimonio con el comisario don Juan Pablo García Bastías, actual dotación de la oficina de análisis criminal de Copiapó, quien se desempeña el mismo tiempo en esta región, con quien tiene un hijo de un año, quien fue diagnosticado con proctocolitis alérgica -alergia alimentaria múltiple-, macrocefalia y ventriculomegalia leve, y requirió una intervención quirúrgica temprana para corregir su frenillo lingual. De otro lado, su representada padece de pielonefritis aguda de riñón y se realiza controles periódicos en Concepción y se encuentra en terapia psicológica desde mayo de 2024, en base a un diagnóstico de trastorno adaptativo secundario. Conforme a lo anterior, indica que la sra. Caro Ávila requiere de acceso a un sistema de salud especializado que no está disponible en Copiapó, pero sí en ciudades donde tiene redes de apoyo, como Talcahuano o Chillán, en las cuales, además, existen establecimientos médicos en convenio con su sistema de salud [DIPRECA]. Es as
Fundamentos
motivos de índole familiar y personal, desea ser destinada a la ciudad de Chillán Región de Ñuble o a la ciudad de Talcahuano, Región del Biobío. 2.- Conforme a lo anterior se informa resolución por parte de la Jefatura Nacional de Administración y Gestión de las Personas, la cual infiere que en el marco de la Orden General N° 2.675 de 26.FEB.021, la que establece que esa Jefatura Nacional es la encargada de velar por la equidad dotacional de la Policía de Investigaciones de Chile, se resolvió no acceder a la solicitud de destinación de la Subcomisario CARO AVILA, ya que la dotación de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado Copiapó es baja y se hace necesaria la reposición de la funcionaria. Por lo anterior, se sugiere respetuosamente a Usía, instar a la Subcomisaria CARO AVILA que realice una permuta o en su defecto postule al postule al próximo plan anual de destinaciones a fin de no afectar los equilibrios dotacionales”. Califica dicho acto de ilegal y arbitrario, puesto que carece de la motivación necesaria para efectos de determinar su alcance y su fundamento jurídico. Asimismo, sostiene que carece de los presupuestos fácticos que la sustentan, aún más en el contexto de haber esgrimido su representada, el artículo 32 de la Orden General N° 2675, de Destinaciones de la Policía de Investigaciones de Chile en lo relativo a los funcionarios casados. Al respecto, afirma que el oficio impugnado tan solo esgrime una baja dotación de funcionarios en la Brigada Antinarcóticos de la comuna de Copiapó, pero no señala en qué medida la permanencia de su representada es estrictamente indispensable para el cumplimiento de las metas y objetivos trazados por la institución en la región, debiendo haberse pronunciado al respecto, desde que el artículo 10 de la Orden General 2675 establece que deben considerarse los antecedentes personales del funcionario sometido a destinación. Solicita acoger el recurso y que se restablezca el imperio del derecho y asegurar la debida protección del recurrente, declarando la ilegalidad y arbitrariedad del citado del oficio ORE- 0059782-2025, que rechaza la solicitud de destinación de servicios por consideraciones especiales realizada por su representada con fecha 2 de diciembre del 2024, y en definitiva, se acceda a dicha solicitud, destinándola a la ciudad de Talcahuano, en la Región del Bio-Bio, o de Chillan, en la Región de Ñuble, sin perjuicio de cualquier otra medida que esta Corte estime procedente para proteger las garantías constitucionales conculcadas. A folio 20, tras pedir cuenta en dos oportunidades, se decidió prescindir del informe de la recurrida, haciéndose efectivo el apercibimiento. Se trajeron los autos en relación y, agregados extraordinariamente, el día de la vista alegaron los abogados don Víctor Daviú Mancilla, a favor del recurso, y don Omar Castro Torres, en su contra. La causa quedó en estudio y, posteriormente, pasó a estado de acuerdo. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°) El
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Patricio Flores Vilches, abogado, en representación de doña Katherine Nataly Caro Ávila, sólo en cuanto se ordena a la institución recurrida emitir un nuevo pronunciamiento sobre la petición efectuada por la Sra. Caro Ávila, de manera fundada, el que deberá ser notificado legalmente. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la ministra Aída Inés Osses Herrera. Protección N° 122-2025.
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C.A. de Copiapó Copiapó, veintiocho de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS: A folio 1 comparece el abogado don Patricio Flores Vilches, en representación de doña Katherine Nataly Caro Ávila, e interpone recurso de protección, en contra de la Jefatura Nacional contra el Crimen Organizado, de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por su jefe nacional don Mauricio Alfonso Jorquera R
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