MP C/ JAVIER IVAN HUENTU RIFFO
Rol
Fecha
27 de agosto de 2025
Materia
LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que en este estadio procesal se cumplen con los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en cuanto a la necesidad de cautela, requisito establecido en la letra c) del mismo artículo, teniendo presente que el imputado ya registra causas anteriores con la misma víctima de esta causa, estimando que la medida cautelar de prisión preventiva en debate es la única que satisface la necesidad de cautela, SE CONFIRMA la resolución de fecha veinte de agosto de dos mil veinticinco, del Juzgado de Garantía de Temuco, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado JAVIER IVÁN HUENTU RIFFO, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y especialmente para la víctima. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-1043-2025 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. A lo principal y otrosí de los escritos folios 3 y 4: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que en este estadio procesal se cumplen con los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en cuanto a la necesi
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