SIN INFORMACION

GOMEZ/SUUBSECRETARÍA DEL INTERIOR

Rol

Fecha

27 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Pablo Gómez, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, continuador del Departamento de Extranjería y Migración, por la resolución que rechaza su solicitud de residencia definitiva, solicitada con fecha 22 de septiembre de 2020, ordenando su abandono del país, pidiendo que se ordene emitir nuevo pronunciamiento, aprobando la solicitud del recurrente. Expone que ingresó al país teniendo una visa de responsabilidad democrática, decidiendo hacer su solicitud de residencia definitiva, con el propósito de establecerse y desarrollar un proyecto de vida en Chile. Ello se hace el 22 de septiembre de 2020, quedando ingresado al sistema de trámites digitales de migraciones con fecha 1 de noviembre de 2021. En aquel momento su visa estaba vencida por 115 días, en virtud e lo cual se hizo el cálculo de multa de $59.911, la que es pagada el 22 de septiembre de 2020. Posteriormente, el 8 de noviembre de 2022 se ordena el giro de un monto de $103.134, por el arancel del beneficio pedido, el que se paga el 9 de noviembre de 2022. Ahora bien, el 12 de febrero de 2025, 4 años y 5 meses después de su solicitud, recibió un correo electrónico de notificación de previo rechazo, en donde se indica que, conforme a la Ley N° 21.325, posterior a la gestión, se postuló sin haber pagado la multa respectiva, pidiendo que se envíe el comprobante de pago, pese a que ello ya se había hecho, conforme a la norma que regía el mes y año en que se hizo la postulación, en razón de lo cual se envió por medio de Correos de Chile el comprobante de pago. Finalmente, el 5 de marzo de 2025 se recibe la Resolución Exenta N°25123205, que rechaza la solicitud y dispone el abandono el país en un plazo de 10 días, todo lo cual es ilegal y arbitrario, ya que el incumplimiento que se imputa, no es tal. Segundo: Que el Servicio recurrido informa el recurso, pidiendo que sea rechazado. Señal

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge el recurso de protección constitucional deducido por don Pablo Gómez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, servicio que deberá reabrir el proceso administrativo, procediendo luego a dictar la resolución correspondiente a la solicitud de residencia definitiva dentro del plazo de treinta días, ponderando los documentos relativos al pago de la multa y de su envío. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-4792-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Pablo Gómez, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, continuador del Departamento de Extranjería y Migración, por la resolución que rechaza su solicitud de residencia definitiva, solicitada con fecha

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