NANCY MARTÍNEZ BALBUENA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
27 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTO: Comparece FRANCISO GABRIEL HERRERA JEREZ, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Biobío, con domicilio en la comuna de Concepción, calle Freire N°867, en nombre de doña NANCY MARTINEZ BALBUENA, dominicana, Pasaporte de Republica Dominicana N°8796937, domiciliada en calle Ongolmo N°1609, comuna de Concepción, región del Biobío; y, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 141 y siguientes de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, dedujo acción de reclamación de expulsión en contra de la Resolución Exenta N° 25285606, del 19 de mayo de 2025, dictada por la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, a través de la cual la autoridad de este órgano de la Administración del Estado, dispuso su expulsión del territorio nacional y la prohibición de ingreso al país por 5 años. El acto administrativo referido fue notificado personalmente por la Policía de Investigaciones el 27 de junio de 2025 Explicó que la recurrente, nació en República Dominicana ciudad de Samana el 12 de marzo de 1979, decidió emigrar a Chile, ingresando al territorio nacional por un paso no habilitado de la región de Tarapacá a fecha 10 de octubre de 2024, se trasladó a la ciudad de Santiago en la cual estuvo aproximadamente 20 días para luego trasladarse a Concepción donde reside actualmente. Posterior a ello, con fecha 20 de noviembre de 2024 doña Nancy Martínez se autodenunció a la Policía de Investigaciones de Chile con el objeto de regularizar su situación migratoria. De acuerdo con el
Fundamentos
considerando segundo del acto administrativo cuestionado, el 20 de noviembre del año 2024 el Servicio Nacional de Migraciones notifica a la reclamante del inicio de un procedimiento administrativo sancionatorio de expulsión en su contra por haber ingresado al territorio nacional por un paso no habilitado, eludiendo el control migratorio. Posteriormente, el 27 de junio del 2025 la reclamante es notificada de la Resolución Exenta Nº25285606, de fecha 19 de mayo de 2025, dictada por la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, que ordenó su expulsión del país, además de disponer una prohibición de ingreso al territorio nacional por el plazo de 5 años, en virtud de lo establecido en el artículo 136 de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería. Se hace presente que, en la actualidad, la reclamante se encuentra firmando ante la Policía de Investigaciones de Chile, con el objeto de ponerse a disposición de la autoridad nacional y en su caso poder regularizar su situación migratoria, todo ello de conformidad a los objetivos de la Política Nacional de Migración y Extranjería. En cuanto a sus circunstancias personales, doña NANCY MARTINEZ BALBUENA reside en la comuna de Concepción y se encuentra inscrita en el Fondo Nacional de Salud (FONASA), y adscrita al Centro de Salud Familiar Tucapel, ubicado en la comuna de Concepción, lo que evidencia su vinculación con el sistema de salud nacional. En cuanto a sus circunstancias laborales, doña NANCY MARTINEZ BALBUENA se desempeña actualmente como auxiliar de aseo en Clínica Bio Bío ubicada en Avenida Jorge Alessandri N°3515 con contrato de trabajo en empresa Carlos Nelson Cía. Ltda Rut N°77.465.220-5 desde el 20 de mayo de 2025, cumpliendo con un total de 42 horas semanales. Cita normativa y jurisprudencia. Finaliza solicitando se deje sin efecto el acto administrativo de Expulsión y se disponga o adopten todas las medidas necesarias para iniciar la tramitación de regularización de la situación migratoria de la recurrente, con costas. Informó el Servicio Nacional de Migraciones, evacuando el informe requerido, solicitando el rechazo del presente recurso de reclamación de expulsión en todas sus partes. Señaló que la extranjera ingresa clandestinamente al país con fecha 9 de octubre de 2024, es decir da cuenta de su ingreso irregular 1 mes después. Luego con fecha 20 de noviembre de 2024, se da cuenta de inicio de proceso sancionatorio de expulsión, lo anterior por haber ingresado al país de manera clandestina eludiendo el control policial, notificado al extranjero por agentes policiales, con misma data. La extranjera no presentó los descargos requeridos. Que, ponderadas todas las circunstancias del caso, con fecha 19 de mayo de 2025 se dicta la RESOLUCIÓN EXENTA N° 25285606, la cual fue notificada con fecha 27 de junio de 2025, imponiéndose la expulsión del territorio nacional del reclamante, según lo prescribe el artículo 129 de la Ley N° 21.325. Cita normativa y jurisprudencia. Solicit
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N°21.325, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de reclamación deducido en autos, en favor de NANCY MARTINEZ BALBUENA, en contra de la Resolución Exenta N° °25285606, de 19 de mayo de 2025, de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del país. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redactada por la ministra interina Claudia Vilches Toro. Contencioso Administrativo-178-2025.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción. Concepción, veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. VISTO: Comparece FRANCISO GABRIEL HERRERA JEREZ, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Biobío, con domicilio en la comuna de Concepción, calle Freire N°867, en nombre de doña NANCY MARTINEZ BALBUENA, dominicana, Pasaporte de Republica Dominicana N°8796937, domiciliada en calle Ongolmo N°1609,
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