2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SOLARÍZATE SPA/AGUAS ARAUCANIA S.A (ACUM.N°16665-2022, 1256-2024 Y 2180-2024)

Rol

Fecha

26 de agosto de 2025

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: En autos Rol C-2408-2021, del Segundo Juzgado Civil de Santiago, caratulados “SOLARÍZATE SpA / AGUAS ARAUCANÍA S.A”, seguidos en procedimiento Ordinario de Menor Cuantía, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, se han elevado para el conocimiento de esta Corte tres recursos de apelación, el primero concerniente al rechazo del incidente de abandono del procedimiento; el segundo referido a la orden del tribunal, amparada en el artículo 88 del código adjetivo referido, de depositar previamente la suma de 10 UTM, dentro de quinto día, bajo apercibimiento de tener por no presentado un incidente; y, el tercero, referido a la impugnación de la sentencia definitiva pronunciada en la causa. I.- EN CUANTO AL INGRESO ROL N°12.850-2022: 1°). - Que, en este procedimiento ordinario de menor cuantía se recibió la causa a prueba el 2 de junio de 2021, lo que fue objeto de reposición por parte del demandante, resolviéndose ella el 30 de julio de 2021, oportunidad en la que el tribunal a quo acogió de plano tal reposición y al fijar los términos de la referida interlocutoria de prueba dispuso, en la parte final de dicha resolución: “La audiencia decretada se efectuará una vez cesado el estado de excepción constitucional de catástrofe o su prórroga, y restablecido el funcionamiento presencial del Tribunal, conforme lo dispone el artículo 1° de la Ley 21.226, escenario que deberá considerarse al momento de encargar las notificaciones respectivas. Notifíquese por cédula. Se deja constancia que, atendido el artículo 6 de la Ley N°21.226 -que establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile-, el término probatorio se encuentra suspendido hasta el vencimiento de los diez días hábiles posteriores al cese del estado de excepción constitucional de catástrofe, por ca

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiséis de julio de dos mil veintidós, que rechazó el incidente promovido al efecto por el demandado y en su lugar se declara que se acoge el incidente de abandono del procedimiento deducido con fecha 8 de junio de 2022. Devuélvase. II.- EN CUANTO A LOS INGRESOS ACUMULADOS ROL N°16.665-2022, ROL N°1.256-2024 y ROL N°2.180-2024: Atendido lo resuelto respecto de la apelación ingresada con el Rol N°12.850-2023–Civil y habiéndose acogido el incidente de abandono del procedimiento promovido, resulta improcedente emitir pronunciamiento respecto de los demás recursos de apelación ingresados, referidos a situaciones producidas con posterioridad al acaecimiento de la mencionada forma anormal de conclusión del procedimiento. Regístrese y devuélvanse. Redactado por el ministro Juan Ángel Muñoz López. Rol N°12.850-2022 - Civil. (y acumulados Rol N°16.665-2022, 1.256-2024 y 2.180-2024).

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS: En autos Rol C-2408-2021, del Segundo Juzgado Civil de Santiago, caratulados “SOLARÍZATE SpA / AGUAS ARAUCANÍA S.A”, seguidos en procedimiento Ordinario de Menor Cuantía, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, se han elevado para el conocimiento de esta Corte tres recursos de apelación, el

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