JEAN CARLOS MONTILLA MONTILLA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza y Francisca Javiera Chacón Miranda, abogados en representación de Jean Carlos Montilla Montilla, ciudadano venezolano, interponen acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°25392171, que rechazó la solicitud de permanencia definitiva y dispuso el abandono del país del extranjero, así como una prohibición de ingreso por 10 años, actuación que afecta su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Precisan que el recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva el 8 de octubre de 2021, fecha desde la cual ha mantenido residencia estable y ha desarrollado una vida laboral y familiar activa. Destacan que tiene la calidad de trabajador dependiente para una empresa, encontrándose sus cotizaciones pagadas de manera regular desde enero de 2022 a la fecha. Agregan que es padre de Karen, venezolana, quien cursa actualmente octavo básico en un establecimiento educacional en la comuna de Peñaflor. Indican que el rechazo se fundamenta en la utilización de un documento presuntamente adulterado. Al respecto, señalan que la imputación se funda exclusivamente en un informe de la Policía de Investigaciones de Chile emitido el año 2021, haciendo presente que la supuesta irregularidad documental nunca fue objeto de investigación penal ni de causa judicial alguna. Sostienen que el recurrente presentó declaración jurada ante Notario, de 3 de julio de 2025, negando las imputaciones y acreditando sus antecedentes laborales y familiares. No obstante, indican que el 22 de julio de 2025 el servicio dictó la Resolución Exenta N°25392171, rechazando la solicitud de permanencia definitiva y disponiendo el abandono del país del extranjero, así como una prohibición de ingreso por 10 años. Estiman que las medidas desconocen el principio de unidad
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Jean Carlos Montilla Montilla. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°1150- 2025 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de agosto de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza y Francisca Javiera Chacón Miranda, abogados en representación de Jean Carlos Montilla Montilla, ciudadano venezolano, interponen acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación ilegal consistente en la dictación de la Resolución Ex
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