JUZGADO DE FAMILIA PUENTE ALTO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

25 de agosto de 2025

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que consta que la medida cautelar apelada fue decretada hasta el treinta de julio del presente año y no fue renovada en dicha fecha; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se omite pronunciamiento respecto de la apelación concedida el catorce de mayo del año en curso en contra de lo decidido en la resolución de seis de mayo del año en curso, dictada por el Juzgado de Familia de Puente Alto, en la causa RIT P-2403-2024, por haber perdido oportunidad. Devuélvase. N° 704-2025 Familia

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San Miguel, veinticinco de agosto de dos mil veinticinco Al folio 21 y 22: Téngase presente y a sus antecedentes. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que consta que la medida cautelar apelada fue decretada hasta el treinta de julio del presente año y no fue renovada en dicha fecha; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se omite pronunciam

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