TORREALBA/SERVICIOS MÉDICOS TABANCURA SPA - (ACUM.17889-2022 Y 17254-2023)
Rol
Fecha
25 de agosto de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
DESIS, OMITE PRON Y CONFIRMA D
Hechos
Vistos: I.- En cuanto al ingreso N° 12311-2022. Atendido lo expuesto por el abogado don Fernando Abarca en audiencia, téngase por desistido del recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veinticinco de enero de dos mil veintidós, dictada por el 22° Juzgado Civil de Santiago. II.- En relación al ingreso N°17889-2022. El mérito de los antecedentes y atendido lo resuelto con fecha quince de febrero de dos mil veintitrés, aparece que el presente recurso perdió oportunidad. Por lo anterior, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, pronunciada por el 22° Juzgado Civil de Santiago. III.- Respecto al ingreso N° 17254-2023. Se reproduce la sentencia en alzada, pero se modifica en el fundamento vigésimo séptimo el guarismo “$60.000.000.-” por “$30.000.000.-”. Y se tiene, además, presente. 1° Que, en cuanto al daño moral, teniendo en consideración que, si bien la situación denunciada es susceptible de causar afectación psicológica, no permite regular su cuantía en la suma decidida por el juez a quo, sino en una inferior. 2° Que del mérito de los antecedentes aparece que la indemnización concedida por el tribunal a quo en lo que respecta al daño moral es excesiva teniendo en consideración los medios probatorios acompañados al efecto, por lo cual se reducirá prudencialmente al monto que se dirá. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés, por el 22° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se reduce el monto de la indemnización por concepto de daño moral a la suma de $30.000.000.- (treinta millones de pesos). Regístrese y devuélvase. N°12311-2022 (Acumulada N° 17889-2022 y 17254-2023) Civil.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés, por el 22° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se reduce el monto de la indemnización por concepto de daño moral a la suma de $30.000.000.- (treinta millones de pesos). Regístrese y devuélvase. N°12311-2022 (Acumulada N° 17889-2022 y 17254-2023) Civil.
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados don Eduardo Marchi, doña Sara Valenzuela y don Fernando Abarca por y contra el recurso. Santiago, 25 de agosto de 2025. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, veinticinco de agosto de dos mil veinticinco. Al escrito folio N°51, 52 y 53: Téngase presente. Vistos: I.- En cuanto al ingreso N° 12311-2022. Atendido lo expuesto por e
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