SIN INFORMACION

PAUL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO

Rol

Fecha

25 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras, en representación de Claudel Paul, de nacionalidad haitiana, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministerio de Relaciones Exteriores, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no resolver la solicitud de residencia temporal presentada el 30 de septiembre de 2024 (ID N°71440411) en favor de su cónyuge Edmond Magena. Expone que ha transcurrido con exceso el plazo de seis meses fijado por la Ley N°19.880 para resolver procedimientos administrativos, sin que se haya dictado el acto administrativo terminal ni liberado la orden de pago de derechos, manteniéndose la tramitación absolutamente paralizada. Alega que esta inactividad genera un estado permanente de incertidumbre e indefensión, vulnerando el derecho a la igualdad ante la ley garantizado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al ser tratado en forma discriminatoria respecto de otros solicitantes que sí han obtenido respuesta oportuna. Sostiene que la omisión infringe no solo la Constitución, sino también el artículo 37 de la Ley N°21.325, que ordena tramitar las solicitudes de residencia en el más breve plazo e informar periódicamente su estado, así como los principios de celeridad, conclusividad, economía procedimental e inexcusabilidad consagrados en la Ley N°19.880. Solicita acoger el recurso y ordenar al Servicio Nacional de Migraciones y al Ministerio de Relaciones Exteriores que, en un plazo razonable, se pronuncien sobre la solicitud de residencia temporal presentada, dictando el acto administrativo terminal que corresponda, con expresa condena en costas. Segundo: Que, Antonio Emilio Beltrán Henríquez y Marcelo Alonso Andrés Rivera Compan, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, informaron que la recurrente solicitó residencia temporal por la subcategoría de reunificación familiar el 30 de septiembre de 2024, registrada bajo el ID N°71440411, t

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se declara que: I. Se rechaza el recurso de protección en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores. II. Se acoge el recurso de protección deducido a favor de Edmond Magena, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días contado desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°2239- 2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticinco de agosto de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras, en representación de Claudel Paul, de nacionalidad haitiana, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministerio de Relaciones Exteriores, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no resolver la solicitud de residencia

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