C/ MARTIN IGNACIO RAMOS ROMERO
Rol
Fecha
23 de agosto de 2025
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y escuchados los intervinientes: Que, en la especie se observa que existen antecedentes suficientes que justifican la existencia del delito por el que el imputado fue formalizado y, asimismo, teniendo presente la forma y circunstancias de comisión, naturaleza del delito y bien jurídico protegido, así como la entidad de la pena asignada a este y a la concurrencia de las normas que determinan un marco rígido a su respecto, es que esta Corte estima que la libertad del encausado resulta un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintidós de agosto del presente año, dictada por el Juzgado de Garantía de Colina en la causa RIT Nro. 4772-2025, que rechazó decretar la medida cautelar de prisión preventiva solicitada respecto del imputado Martín Ignacio Ramos Romero, y se decreta que en su lugar se le impone la medida cautelar de prisión preventiva. Comuníquese lo resuelto. Rol Corte Nro. 4366-2025 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintidós de agosto del presente año, dictada por el Juzgado de Garantía de Colina en la causa RIT Nro. 4772-2025, que rechazó decretar la medida cautelar de prisión preventiva solicitada respecto del imputado Martín Ignacio Ramos Romero, y se decreta que en su lugar se le impone la medida cautelar de prisión preventiva. Comuníquese lo resuelto. Rol Corte Nro. 4366-2025 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-4366-2025 Ruc: 2501178794-3 Rit : O-4772-2025 Juzgado: JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA Integrantes: los ministros señor Miguel Eduardo Vázquez Plaza, señorita Romy Grace Rutherford Parentti y la abogada integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relator: Pablo Burchard Maureira Digit
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