MP C/ BRYAN ALBERTO CARRERO SILVA
Rol
Fecha
22 de agosto de 2025
Materia
ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA LA COMISIÓN DE CRÍMENES ART. 293
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que rechazó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Bryan Alberto Carrero Silva, y decretó su arresto domiciliario total y arraigo nacional. 2°) Que, teniendo únicamente presente que en la especie, la necesidad de cautela regulada en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, se ve satisfecha con medidas cautelares diversas de la prisión preventiva, que aseguran de igual manera los fines del procedimiento, como lo son el arresto domiciliario total y el arraigo nacional decretados por el juez a quo, a la cual se adicionará, como se dirá en lo resolutivo, la medida cautelar contemplada en el literal c) del artículo 155 de mismo cuerpo legal, de presentarse semanalmente ante Carabineros de Chile correspondiente a su domicilio. Por lo expuesto y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de veintidós de agosto del dos mil veinticinco, dictada por el juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, Cristian Arturo Alfonso Durruty, con declaración, que a las medidas cautelares ya decretadas se agrega la medida cautelar contemplada en el literal c) del artículo 155 de mismo cuerpo legal, esto es, la obligación de presentarse semanalmente ante Carabineros de Chile correspondiente a su domicilio. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol Penal N°994-2025.
Fallo
Por lo expuesto y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de veintidós de agosto del dos mil veinticinco, dictada por el juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, Cristian Arturo Alfonso Durruty, con declaración, que a las medidas cautelares ya decretadas se agrega la medida cautelar contemplada en el literal c) del artículo 155 de mismo cuerpo legal, esto es, la obligación de presentarse semanalmente ante Carabineros de Chile correspondiente a su domicilio. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol Penal N°994-2025.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintidós de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación verbal deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que rechazó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Bryan Alberto Carrero Silva, y decretó su arresto domiciliario total
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