SIN INFORMACION

INFANTE TORRES / MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA Y OTRO

Rol

Fecha

22 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Peñaloza Parra, abogado, interpone recurso de protección en favor de Samuel José Infante Torres, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.778.979-7, domiciliados para estos efectos en Avenida Centenario #1000, Comuna De San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional, don Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago; el Ministerio del Interior, representado por su Ministro, don Álvaro Elizalde Soto, domiciliados en Palacio de La Moneda S/N, comuna de Santiago; y la Subsecretaria del Interior, representada por su Subsecretario, don Víctor Ramos Muñoz, domiciliados en Palacio de La Moneda S/N, comuna de Santiago; en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de carta de nacionalización formulada el 21 de mayo de 2023, lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada, dentro de un plazo no mayor a 60 días, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, evacua informe y solicita el rechazo de la acción constitucional deducida por no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal y que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Señala que la recurrente mantiene residencia definitiva en el país desde el 17 de junio de 2022; que el 27 de agosto de 2023 solicitó carta de nacionalización; y que, desde el 12 de marzo de 2025, se encuentra en etapa de “Ratificación Autoridad”, luego de remitidos los antecedentes a la Subsecretarí

Fundamentos

considerando que no asiste al actor un derecho indubitado a exigir un pronunciamiento favorable en su favor, por todo lo cual se desechará la acción a su respecto.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Samuel José Infante Torres, en contra del Servicio Nacional de Migración, el Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°2107-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintidós de agosto de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Peñaloza Parra, abogado, interpone recurso de protección en favor de Samuel José Infante Torres, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.778.979-7, domiciliados para estos efectos en Avenida Centenario #1000, Comuna De San Miguel, en contra del Servicio Nacional de

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