JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUELLON

MP C/ SERGIO ANDRES BARRIA ALMONACID

Rol

Fecha

22 de agosto de 2025

Materia

OTROS LIBRO II TITULO IX

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer de los recursos de apelaciones deducidos tanto por la defensa penal pública respecto de los imputados Sergio Andrés Barría Almonacid, Erwin Antonio Guichapay Arteaga, Juan Carlos Matamala Basaur, Rodrigo Andrés Quinteros Paredes, Alex Andrés Barría Barría, Iván Alejandro Almonacid Contreras y Héctor Arón Muñoz Álvarez; como de la defensa particular del imputado Andrés De Jesús Navarrete Uribe, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en contra de ellos. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye a los imputados, a saber, la detención en flagrancia, escuchas telefónicas y vigilancias aéreas mediante utilización de drones. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza de los delitos por la cual fue formalizada la presente investigación, esto es, sustracción de especie desde centros de cultivos contenidos en el 137 bis de la Ley General de Pesca respecto de todos los imputados, y además, del delito de asociación delictiva del artículo 292 del Código Penal respecto de los imputados Sergio Andrés Barría Almonacid y Erwin Antonio Guichapay Arteaga, la forma de comisión de ellos, el hecho de haber obrado en grupo o pandilla respecto del primer ilícito, la pena asignada y su eventual forma de cumplimiento en caso de condena, se configura un peligro para la seguridad de la sociedad y de los fines del procedimie

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha catorce de agosto del año dos mil veinticinco, dictada por el Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Quellón, don Francisco Cerda Pérez respecto de los imputados Sergio Andrés Barría Almonacid, Erwin Antonio Guichapay Arteaga, Juan Carlos Matamala Basaur, Rodrigo Andrés Quinteros Paredes, Alex Andrés Barría Barría, Iván Alejandro Almonacid Contreras, Héctor Arón Muñoz Álvarez y Andrés De Jesús Navarrete Uribe, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en contra de ellos. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 987-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintidós de agosto de dos mil veinticinco Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer de los recursos de apelaciones deducidos tanto por la defensa penal pública respecto de los imputados Sergio Andrés Barría Almonacid, Erwin Antonio Guichapay Arteaga, Juan Carlos Matamala Basaur, Rodrigo Andrés Quinteros Paredes, Alex Andrés Barría Barría, Iván Alejandro Almonacid Contreras

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