MP C/ MARCELINO ALBERTO PIZARRO FICA.
Rol
Fecha
22 de agosto de 2025
Materia
PORTAR ELEMENTOS CONOCIDAMENTE DESTINADOS A COMETER DELITO DE ROBO. ART. 445.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparecen, a lo menos, justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito de tráfico en pequeñas cantidades por el que fue formalizada la investigación. En cuanto a la exigencia de la letra c) de la norma antes mencionada, ha de tomarse en consideración la circunstancia que se ha invocado con relación al articulo 19 letra F) de la ley 20.000, la forma de comisión delictual, pena probable, bien jurídico protegido, circunstancia de no gozar de irreprochable conducta anterior. En consecuencia, se estima que se tornan insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador para alcanzar los objetivos señalados en el inciso primero del artículo 155 del referido cuerpo legal, de manera que aparece como necesaria la medida de prisión preventiva. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de catorce de agosto de dos mil veinticinco, pronunciada por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva del imputado Marcelino Alberto Pizarro Fica. Devuélvase. N° 2757-2025-Penal.
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San Miguel, veintidós de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-2757-2025 Ruc: 2500656526-6 Rit: 3102-2025 15° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Relator: Marcela Labra Todorovich Caratulado: MP. C/ MARCELINO ALBERTO PIZARRO FICA. Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, veintidós de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Que,
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