SIN INFORMACION

SIMPLEX INVERSIONES SPA/

Rol

Fecha

22 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/ COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 9 de abril del 2025 comparece Sebastián Sirner Álvarez, abogado, con domicilio en General Holley 2363, oficina 1301, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, en representación de la parte querellante y demandante civil SIMPLEX INVERSIONES SPA., representada por Camilo Ignacio González Figueroa, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 1 de abril de 2025 (fojas 171), dictada en causa Rol 2467-2024 sobre querella infraccional y demanda civil por accidente de tránsito, por doña MARÍA SOFÍA LARA LARA, juez titular del Juzgado de Policía Local de Villa Alegre que no hace lugar, por extemporáneo, al recurso de apelación deducido (a fs.166) por su parte, en contra de la sentencia definitiva de 6 de febrero de 2025 (escrita de fojas 139 a 142). Explica que jamás se autorizó la notificación por correo electrónico a su parte, afirmando que el tribunal de primera instancia, a veces, ha considerado que sí y otras veces que no, por ejemplo, respecto de la resolución de 30 de diciembre de 2024, que recién se remitió vía correo electrónico previa consulta que se hizo por WhatsApp a la actuaria, doña Érica Aburto, el día 16 de enero de 2025, o la resolución de fojas 163 vta., que hasta el día de hoy no se ha notificado. Plantea que la notificación por correo electrónico es una excepción y debe ser interpretada restrictivamente, no es algo que el tribunal deba tener presente, es algo que el tribunal deba aceptar de forma expresa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18, inciso 4° de la Ley 18.287. Por otro lado, la apelación cuya negativa motiva el presente recurso, es total y absolutamente fundada y busca corregir las arbitrariedades contenidas en la sentencia que accedió parcialmente a la demanda civil de su parte. Así las cosas, afirma que el presente arbitrio se interpone para que esta Corte revoque la resolución de 1 de abril de 2025 y en su lugar se declare admisible el Recurso de Apelación. Fi

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley N°18.287; 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido por Sebastián Sirner Álvarez, abogado, en los autos seguidos ante el Juzgado de Policía Local de Villa Alegre, Rol 2467-2024, contra la resolución de 1 de abril de 2025 (fojas 171), dictada por la magistrada doña María Sofía Lara Lara, juez titular de ese tribunal. Regístrese, comuníquese al tribunal a quo y archívese, en su oportunidad. N°Policia Local-100-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veintidós de agosto de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 9 de abril del 2025 comparece Sebastián Sirner Álvarez, abogado, con domicilio en General Holley 2363, oficina 1301, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, en representación de la parte querellante y demandante civil SIMPLEX INVERSIONES SPA., representada por Camilo Ignacio González

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