ANONIMIZADO
Rol
Fecha
22 de agosto de 2025
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
DE FALLO..SENTENCIA DE REEMPLA
Hechos
hechos que se han tenido por acreditados y sin perjuicio de no haberse aportado por el Ministerio Público el certificado de estilo de la autoridad fiscalizadora, resulta claro que el encartado carecía de autorización para el porte de arma de fuego, primeramente porque el mismo reconoció en juicio dedicarse a la comisión de delitos de robo –lo que ya es óbice para la obtención de la indicada autorización- y en segundo término, porque la finalidad homicida con la que fue usada el arma de fuego, importa...
Fundamentos
considerando octavo que señala “Que, de los hechos que se han tenido por acreditados y sin perjuicio de no haberse aportado por el Ministerio Público el certificado de estilo de la autoridad fiscalizadora, resulta claro que el encartado carecía de autorización para el porte de arma de fuego, primeramente porque el mismo reconoció en juicio dedicarse a la comisión de delitos de robo –lo que ya es óbice para la obtención de la indicada autorización- y en segundo término, porque la finalidad homicida con la que fue usada el arma de fuego, importa...
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DE REEMPLAZO Talca, veintidós de agosto de dos mil veinticinco. VISTO, se reproduce la sentencia recurrida, salvo el párrafo recogido en el considerando octavo que señala “Que, de los hechos que se han tenido por acreditados y sin perjuicio de no haberse aportado por el Ministerio Público el certificado de estilo de la autoridad fiscalizadora, resulta claro que el encartado carecía de au
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica