RUBENSON DESTINE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
22 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: Que a folio uno se interpone recurso de amparo en favor de Rubenson Destine, ciudadano haitiano, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en que se encuentra amenazado en su derecho a la libertad personal y a residir en el territorio nacional, por una orden de abandono contenida en una resolución administrativa que no le fue válidamente notificada. Informa el Servicio recurrido, solicitando el rechazo de la acción y acompañando el expediente administrativo que dio origen a la Resolución Exenta N°24530603, que rechaza la solicitud de residencia y dispone el abandono. CON LO RELACIONADO
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, la controversia jurídica central de este recurso radica en determinar si la resolución que impone al amparado la obligación de abandonar el país fue debidamente notificada, pues de ello depende su ejecutoriedad y,
Fallo
por tanto, la legalidad de la amenaza que pesa sobre la libertad del recurrente. Segundo: Que, la Ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos, dispone en su artículo 45 que los actos administrativos de efectos individuales deberán ser notificados a los interesados conteniendo su texto íntegro, y en su artículo 51 que dichos actos producirán efectos jurídicos desde su notificación. Este principio es esencial para garantizar el derecho a la defensa y la posibilidad de impugnar las decisiones de la autoridad. Tercero: Que, el recurrente afirma categóricamente no haber sido notificado de la Resolución Exenta N° 24530603, de 20 de noviembre de 2024, que rechaza su solicitud y ordena su abandono. Si bien el Servicio recurrido acompañó una copia de dicha resolución, no adjuntó antecedente alguno que acredite que la notificación de este acto terminal se haya practicado en la forma que prescribe la ley, sea por correo electrónico o carta certificada, conforme al artículo 146 de la Ley N° 21.325. Cuarto: Que, al no existir constancia fehaciente de la notificación de la resolución que le es perjudicial, dicho acto administrativo no ha entrado en vigencia respecto del amparado y, por ende, no es exigible. La aplicación de sus efectos, como ha ocurrido al declararse inadmisible una nueva solicitud de residencia basándose en la orden de abandono que ella contiene, constituye un acto que carece de sustento legal. Quinto: Que, esta falta de notificación ha
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintidós de agosto de dos mil veinticinco. Visto: Que a folio uno se interpone recurso de amparo en favor de Rubenson Destine, ciudadano haitiano, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en que se encuentra amenazado en su derecho a la libertad personal y a residir en el territorio nacional, por una orden de abandono contenida en una resoluci
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