LEYVA ESPIÑO YENNY CONTRA SERVICO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
22 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Comparece doña Yenny Leyva Espiño, de nacionalidad cubana, por quien deduce acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por rechazar su solicitud de residencia definitiva y disponer orden de abandono del territorio nacional mediante Resolución Exenta N°24577941 de 16 de diciembre de 2024, acto que constituye una vulneración a las garantías constitucionales consagradas en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Relata que en noviembre de 2023, luego de más de un año y siete meses de tramitación, la entidad recurrida le notificó la observación de ciertos documentos, entre ellos la hoja de identificación de pasaporte, el certificado de antecedentes penales de su país de origen y documentos laborales debidamente legalizados. Precisa que no pudo dar cumplimiento dentro del plazo de 60 días, pues el Consulado de Cuba le emitió su pasaporte recién el 20 de junio de 2024, y el certificado de antecedentes cubano solo estuvo disponible el 25 de abril de 2025, debido a la complejidad burocrática de su país. Pese a ello, efectuó el pago de derechos por $118.604 el 17 de enero de 2024. Posteriormente, el 21 de junio de 2024 fue notificada de un procedimiento de previo rechazo, otorgándosele un plazo de 10 días hábiles para subsanar observaciones, plazo que califica de materialmente insuficiente
Fundamentos
considerando la naturaleza de los documentos exigidos. Finalmente, mediante el acto impugnado Servicio rechazó en forma definitiva su solicitud de residencia y dispuso su salida del territorio nacional. Denuncia que este acto resulta ilegal y arbitrario, pues desconoce su arraigo familiar, social y laboral en Chile, acreditado con contrato indefinido, cotizaciones previsionales y de salud, residencia continua desde 2018 sin salidas del país, y certificado de antecedentes vigente en Chile. Afirma que la decisión administrativa infringe el principio de proporcionalidad, al imponer una sanción gravosa sin considerar sus circunstancias personales, ni las dificultades ajenas a su voluntad que le impidieron cumplir con los requerimientos formales. Asimismo, señala que la resolución vulnera su derecho a la integridad física y psíquica, al generarle profunda angustia e incertidumbre por la orden de abandono y la imposibilidad de reingresar al país debido a su nacionalidad cubana. Indica también que afecta la igualdad ante la ley, al aplicar un trato uniforme que no reconoce diferencias objetivas en la situación de los migrantes y que constituye discriminación indirecta. Finalmente, denuncia la transgresión del debido proceso ya que no contó con un procedimiento razonable ni con plazos suficientes para ejercer su defensa y acreditar los antecedentes requeridos. En consecuencia, sostiene que la resolución impugnada infringe no solo la Constitución, sino también la Ley N°19.880 y la Ley N°21.325, además de desconocer tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile, que resguardan el derecho al debido proceso, la igualdad y la vida familiar. Solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°24577941, se ordene reevaluar su solicitud de residencia definitiva ponderando sus antecedentes personales y familiares, y se adopten medidas que restablezcan el imperio del derecho y garanticen sus derechos fundamentales. Acompaña documentos Evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicita el rechazo íntegro del recurso de protección interpuesto, argumentando que no concurren actos u omisiones ilegales ni arbitrarios que puedan vulnerar garantías constitucionales. Precisa que la recurrente solicitó residencia definitiva bajo el ID 39948157. Posteriormente, con fecha 17 de noviembre de 2023, se le requirió el pago de derechos y la presentación de documentos adicionales, entre ellos el certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado o apostillado. Ante el incumplimiento, se notificó a la interesada el 21 de junio de 2024 un previo rechazo, otorgándose un plazo de 10 días hábiles para subsanar. Transcurrido el plazo sin cumplimiento, se dictó la Resolución Exenta N°24577941 de 16 de diciembre de 2024, rechazando la solicitud y ordenando su abandono voluntario del país en un plazo de 10 días, medida que no equivale a una expulsión coercitiva, la cual no ha sido dispuesta en este caso. Destaca que el requisito
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Iquique, veintidós de agosto de dos mil veinticinco. VISTO: Comparece doña Yenny Leyva Espiño, de nacionalidad cubana, por quien deduce acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por rechazar su solicitud de residencia definitiva y disponer orden de abandono del territorio nacional mediante Resolución Exenta N°24577941 de 16 de diciembre de 2024, acto que
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