SIN INFORMACION

VASQUEZ TRONCOSO MARBIN ALEJANDRO CONTRA JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

Rol

Fecha

22 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece doña Paola Segovia Tapia, abogada de la Defensoría Penal Pública, quien ejerce acción constitucional de amparo en contra de la resolución de fecha 07 de agosto de 2025, dictada por el Juez del Juzgado Garantía de Temuco don Mauricio Torres, en causas RIT N° 3094-2023 RUC 2300522528-0 y RIT 3557-2023 RUC 2300605126-k, por la cual decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del condenado MARBIN ALEJANDRO VASQUEZ TRONCOSO, en espera que se resuelva su situación procesal respecto de revocación de penas sustitutivas concedidas en ambos procedimientos. Expone como antecedentes de hecho que, con fecha 6 de noviembre del año 2023, por sentencia definitiva en causa rit 3094-2023, su representado fue condenado como autor como autor del delito consumado de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO, descrito en el artículo 443 del Código Penal y sancionado en el artículo 442 del citado texto legal, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 14 de mayo de 2023, a la pena de SESENTA Y UN 61 DIAS de presidio menor en su grado mínimo; en la sentencia en el

Fundamentos

considerando II.- Que se les condena además a la suspensión de cargo u oficio publico mientras dure la condena; y en el considerando III.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo de 1 año, para lo cual deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Temuco dentro del plazo de 10 días, desde que recupere su libertad, porque se encuentra actualmente privado de libertad en causa diversa, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. En caso de revocarse esta pena sustitutiva carece de abonos. Agrega que con fecha 6 de septiembre del año 2024, el CRS de Temuco informa lo siguiente: Atendido a que el penado ya individualizado, se encuentra actualmente vigente y desvinculado de una causa con pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva, en el CRS TEMUCO por el (los) delito(s) de: Robo en lugar habitado o destinado a la habitación, en virtud de sentencia dictada en Causa RIT: 3045-2023, RUC: 2300516826-0, del Juzgado de Garantía de Temuco; se solicita a SS. pronunciamiento respecto a forma en que el penado debe cumplir la condena impuesta por vuestro tribunal en causa RIT 3094-2023.MVS. se presenta en el Centro de Reinserción Social de Temuco para dar inicio al cumplimiento de la pena sustitutiva otorgada. Indica que con fecha 10 de septiembre del año 2024, el Tribunal resuelve: “Con el objeto de resolver la solicitud del Centro de Reinserción Social respecto a pena sustitutiva de Remisión condicional de la persona sentenciada MARBIN ALEJANDRO VASQUEZ TRONCOSO, RUN - se fija audiencia de ley 18216, para el día 18 de octubre de 2024, a las 9.30 hrs. Con fecha 18-10-2024 por falta de comparecencia de su representado se despacha orden de detención, mismo día se toma conocimiento que estaba en audiencia de controles por causa diversa, lo que motiva dejar sin efecto orden de detención, notificándole nueva fecha de audiencia de ley 18216 para el día 29 de noviembre del 2024. Con fecha 29 de noviembre su representado no comparece despachándose orden de detención. Con fecha 5 de diciembre del 2024 se controla su detención se mantiene la pena sustitutiva y se otorga un plazo de cinco días al sentenciado para reanudar el cumplimiento de la pena sustitutiva de remisión condicional, bajo apercibimiento de despachar orden de detención en caso de no comparecer. Con fecha 28 de diciembre se informa por CRS de Temuco, que el condenado no dio cumplimiento a la resolución de fecha 5 de diciembre del 2024, lo que motiva que el Tribunal de garantía fije audiencia de Ley 18216 para el día 12 de febrero del 2025, audiencia a la cual no comparece y se despacha orden de detención. Con fecha 14 de febrero del 2025 se controla detención y el Tribunal resuelve intensificar pena sustitutiva resolviendo lo siguiente: “Se intensifica la pena sustitutiva, sustituyendo la re

Fallo

se resuelve situación de coimputado, y no de don Marbin Vásquez. Con fecha 24 de diciembre del 2024, Tribunal resuelve: “ Al mérito de los antecedentes que constan en la causa respecto a la ejecución de la pena, se solicita al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco informe estado de presentación e inicio al cumplimiento de la pena sustitutiva de Reclusión Parcial en un establecimiento de Gendarmería recaída contra MARBIN ALEJANDRO VASQUEZ TRONCOSO, cédula de identidad N° 21.814.919-7, se adjunta copia simple de la sentencia ejecutoriada. Con fecha 16 de enero el CRS de Temuco informa que don Marbin Vásquez no se ha presentado a dar inicio al cumplimiento de la pena sustitutiva en causa Rit 3557-2023. Con fecha 26 de febrero de dos mil veinticinco, el Tribunal en rit 3557-2023 resuelve nuevamente: “En mérito de los antecedentes observados en la causa, se solicita al Centro de Reinserción Social de Temuco, informe estado de inicio y/o presentación de la pena sustitutiva impuesta en sentencia de fecha dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro recaída contra MARBIN ALEJANDRO VASQUEZ TRONCOSO, cédula de identidad RUN 21.814.919-7.” Con fecha 27 de febrero del 2025 se informa por CRS Temuco su no presentación al inicio de su pena sustitutiva en rit 3557-2023; en virtud de lo anterior con fecha 28 de febrero del 2025 el Tribunal resuelve lo siguiente: “Temuco, veintiocho de febrero de dos mil veinticinco. Por recibido informe de no presentación del Centro de Reinserción

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintidós de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS: A folio 1, comparece doña Paola Segovia Tapia, abogada de la Defensoría Penal Pública, quien ejerce acción constitucional de amparo en contra de la resolución de fecha 07 de agosto de 2025, dictada por el Juez del Juzgado Garantía de Temuco don Mauricio Torres, en causas RIT N° 3094-2023 RUC 2300522528-0 y RIT 3557-2023 RU

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