JUZGADO DE FAMILIA COYHAIQUE

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

21 de agosto de 2025

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos planteados por el Juez del grado en la resolución que se revisa y

Fundamentos

considerando que, con la decisión adoptada, se respeta suficientemente el interés superior del niño de autos, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, SE CONFIRMA, sin costas, en la parte apelada, la resolución recurrida de veinticuatro de abril de dos mil veinticinco, por la que se dispuso la medida de prohibición de acercarse a don [SERGIO] a la persona, domicilio, lugar de estudio o cualquier lugar que frecuente habitualmente el niño de autos, por el lapso de un año, entre...

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, a veintiuno de agosto del año dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos planteados por el Juez del grado en la resolución que se revisa y considerando que, con la decisión adoptada, se respeta suficientemente el interés superior del niño de autos, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, SE CONFIRMA, sin cos

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica