ANTICAN/JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION
Rol
Fecha
21 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: 1°) Que comparece el Defensor Penal Privado Ernesto Muñoz Chambe, en representación del imputado Diego Antican Ramírez, y deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción de fecha 21 de julio de 2025, en causa RIT 3344-2023 de dicho Tribunal, que concede el recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria por la parte querellante, en contra de la resolución que no dio lugar por extemporánea, a la adhesión a la acusación de los abogados de la víctima indirecta Eduardo Rozas Lagos. Indica que el recurso deducido por la parte querellante no es procedente, por no ajustarse a alguna de las hipótesis legales necesarias para su concesión y solicita se declare la inadmisibilidad del mismo. 2°) Que el Código Procesal Penal contempla un régimen restrictivo de recursos jurisdiccionales jerárquicos establecidos en su artículo 370. En este sentido sólo son apelables las resoluciones dictadas por el juez de garantía cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y cuando la ley lo señalare expresamente. A su vez el Artículo 120 en su inciso final señala que, la resolución que declarare el abandono de la querella será apelable, sin que en la tramitación del recurso pueda disponerse la suspensión del procedimiento. 3°) Que, de este modo, la resolución que declara extemporáneo la adhesión a la acusación, no se encuentra en ninguna de las hipótesis del artículo 370 del Código Procesal Penal y no habiendo sido declarada abandonada la querella para hacer procedente el Artículo 120 del mismo cuerpo legal, el recurso de apelación deducido en su contra es inadmisible. Por estos
Fundamentos
fundamentos y lo dispuesto en los artículos 369 y 370 del Código Procesal Penal, se ACOGE el recurso de hecho deducido y
Fallo
se declara que el recurso de apelación deducido por la querellante con fecha 21 de julio de 2025 en contra la resolución de 18 de julio de 2025 que no dio lugar por extemporánea, a la adhesión a la acusación de los abogados de la víctima indirecta Eduardo Rozas Lagos es improcedente. Agréguese copia de esta resolución a la carpeta virtual del Ingreso Corte Rol N°1123-2025 Penal y devuélvase por la vía correspondiente. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Redacción de la ministra suplente Tania Zurita Riquelme. No firma el ministro Mauricio Silva Pizarro, pese a haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por encontrarse haciendo uso de licencia médica. Rol Nº 1127-2025 Penal-Hecho.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, veintiuno de agosto de dos mil veinticinco. Visto: 1°) Que comparece el Defensor Penal Privado Ernesto Muñoz Chambe, en representación del imputado Diego Antican Ramírez, y deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción de fecha 21 de julio de 2025, en causa RIT 3344-2023 de dicho Tribunal, que concede el recurso
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