BARBERA/SERVICIO DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y considerando. Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, recurre de protección en favor de Miguel Ángel Barbera Martínez, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta 952, de 11 de junio de 2025, que rechaza petición de nacionalización, alegando vulneración de su derecho constitucional de igualdad ante la ley. Expone que el recurrente ingresó al país en 2017 y que, contando con residencia definitiva, ingresó petición de carta de nacionalidad el 15 de julio de 2022, la que fue rechazada por resolución de 11 de junio del presente año, en cuanto registra antecedentes por causa RIT 3652-2020 del 8° Juzgado de Garantía de Santiago, por el delito de conducción bajo influencia del alcohol, precisando que la causa terminó el 23 de enero de 2024 por sobreseimiento definitivo, encontrándose extinguida la acción penal. Sin perjuicio de ello, refiere que la resolución invoca lo previsto en los artículos 7 y 8 del Decreto Supremo 5.142 de 1960, del Ministerio del Interior, concurriendo causal de indignidad por contar con antecedentes negativos en Chile, conducta que quebranta los bienes jurídicos de la seguridad pública, la seguridad individual, el derecho de propiedad y la integridad física y psíquica. Argumenta que la resolución no distingue ni analiza que existe un único procedimiento policial, donde fue suspendido condicionalmente el procedimiento, aprobando el tribunal el pago de multa y suspensión de licencia de conducir, encontrándose el actor sobreseído, concluyendo que el pronunciamiento carece de motivación plausible para rechazar su petición. Agrega que sólo hace referencia a un procedimiento, sin precisar cómo infringe un bien jurídico protegido por el Estado, tratándose de un hecho de escasa y casi nula connotación social, por loque deviene en ilegal y arbitraria, más cuando no se le dio la oportunidad de presentar descargos, atentando contra su derecho de igualdad ante la ley
Fundamentos
motivos que siguen. Sexto: sobre el particular, cabe destacar que, de conformidad al artículo 2 del Decreto 5142, el otorgamiento de la carta de nacionalización es una gracia, es decir, es facultativo para la autoridad su concesión, no pudiendo entenderla obligada a hacer, máxime si concurren causales legales para el rechazo. Séptimo: Que, en este contexto, la petición objeto del recurso fue rechazada por registrar antecedentes penales, por causa seguida ante el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, por hechos constitutivos de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol, encontrándose facultada la autoridad para rechazar la solicitud, conforme previene el artículo tercero del Decreto Supremo 5142 de 13 de octubre de 1960, del Ministerio del Interior. Octavo: Que,
Fallo
por tanto, no cabe sino concluir que la recurrida ha actuado dentro de sus facultades legales, sin que sea posible calificar su actuar como arbitrario o ilegal por esta vía, razón por la cual el presente arbitrio debe ser desestimado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, el Auto Acordado de la Corte Suprema y el Decreto Supremo N° 5142 de 13 de octubre de 1960 sobre la materia, SE RECHAZA el recurso de protección en favor de Miguel Ángel Barbera Martínez en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol N°1242-2025 Protección.-
Texto Completo (Preview)
Barbera Martínez, Miguel Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Protección Rol N°1242-2025.- La Serena, veintiuno de agosto de dos mil veinticinco. Visto y considerando. Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, recurre de protección en favor de Miguel Ángel Barbera Martínez, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución
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