AMPUERO/BANCO DELESTADO DE CHILE
Rol
Fecha
21 de agosto de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus
Fundamentos
considerandos noveno y siguientes, los que se eliminan, y teniendo presente, además: Primero: Que mediante sentencia dictada con fecha 31 de octubre de 2023, se procedió a rechazar una acción de prescripción extintiva interpuesta por la demandante Ana Gladys Ampuero Muñoz en contra del Banco del Estado, sosteniéndose por el
Fallo
fallo en alzada la falta de acreditación de los incumplimientos en el pago de la deuda existente entre las partes y el monto de la misma, desacreditándose además una supuesta inactividad por parte de la demandada en virtud de la acción de cobro que consta en causa Rol 34799-2005 del Juzgado de Letras de Puerto Varas sobre acción hipotecaria, la que de todas formas se encontraría archivada. Segundo: Al respecto, la recurrente y demandante de autos afirma que la obligación existente entre las partes y que consta en contrato de compraventa de fecha 11 de septiembre de 2002, tenía como fechas de pago – respecto del mutuo otorgado por el Banco del Estado a la actora- entre noviembre de 2002 a enero del 2014, cuestión asentada por el tribunal del fondo en su oportunidad. Además, se afirma la inactividad por parte de la entidad bancaria en orden a perseguir el pago de la deuda señalada a pesar de la existencia de la causa Rol 34799-2005 del Juzgado de Letras de Puerto Varas, la cual se encontraría archivada a la fecha por haberse decretado el abandono de la misma, circunstancia advertida por la prueba confesional rendida en estos autos y por el expediente íntegro acompañado en segunda instancia, el cual no se tuvo a la vista por el tribunal a quo por no haberse acompañado en la oportunidad procesal respectiva. Tercero: Que en este orden de ideas, cabe dejar asentado que la demandante solicita que se declaré la prescripción extintiva de la deuda que mantiene la actora respecto del
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Puerto Montt, veintiuno de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus considerandos noveno y siguientes, los que se eliminan, y teniendo presente, además: Primero: Que mediante sentencia dictada con fecha 31 de octubre de 2023, se procedió a rechazar una acción de prescripción extintiva interpuesta por la demandante Ana Gladys Ampuero Muñoz en
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