JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

MINISTERIO PUBLICO C/ CAMILA ALONDRA POLIZZI FONCECA

Rol

Fecha

21 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que el Ministerio Público y el querellante Consejo de Defensa del Estado han apelado de la resolución dictada el 13 de agosto en curso por el Juzgado de Garantía de Concepción, que sustituyó la prisión preventiva que pesa sobre el imputado Sebastián Nicolás Polanco Torres por las de privación total de libertad en su casa y arraigo nacional. El imputado se halla formalizado como autor de los delitos de estafa, usurpación de identidad, uso malicioso de instrumento público falso y lavado de activos. Solicitan los apelantes que se revoque la resolución en alzada y se mantenga la cautelar de prisión preventiva. Por su parte, la defensa solicita el rechazo del recurso y la confirmación de la resolución impugnada. Los alegatos de los intervinientes han quedado debidamente registrados en audio de esta Corte. 2.- Que, en relación a la necesidad de cautela, que es lo único debatido en este estadio procesal, se comparte lo reflexionado por el a quo, puesto que ciertamente no se satisface aquélla únicamente con la medida cautelar de prisión preventiva, resultando proporcional e idónea la medida de privación total de libertad en su casa y arraigo nacional impuestas, atendida la naturaleza de los delitos por los que se encuentra formalizado Polanco Torres y su prognosis de pena, unido a que éste goza de irreprochable conducta anterior y que se presentó a todas las actuaciones del proceso, lo que permite concluir que la seguridad de la sociedad se encuentra suficientemente cubierta con la cautelar decretada. Respecto de los incumplimientos que se han hecho valer por los apelantes en estrados, lo cierto es que resulta difícil determinar a priori la conducta que desplegará Polanco Torres en la medida impuesta, teniendo presente el resultado de su comportamiento anterior y la posibilidad permanente del Ministerio Público de hacer presente alguna conducta reñida con la cautelar decretada. Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140, 144, 149 y 152 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de trece de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción en la causa RIT 5357-2023, que sustituyó la prisión preventiva que pesaba sobre imputado Sebastián Nicolás Polanco Torres por las cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código ya citado. Comuníquese y devuélvase. N°Penal-1321-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción RRPDM/xsr Concepción, veintiuno de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que el Ministerio Público y el querellante Consejo de Defensa del Estado han apelado de la resolución dictada el 13 de agosto en curso por el Juzgado de Garantía de Concepción, que sustituyó la prisión preventiva que pesa sobre el imputado Sebastián Nicolás Polanco Torres por las d

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