JUZGADO DE FAMILIA TEMUCO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

26 de agosto de 2025

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Felipe Calvo Toloza, en contra de la resolución de fecha veinticuatro de julio de dos mil veinticinco, escrita a folio 11 en el expediente digital, atendido su forma de interposición y la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-509-2025.(acl)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Felipe Calvo Toloza, en contra de la resolución de fecha veinticuatro de julio de dos mil veinticinco, escrita a folio 11 en el expediente digital, atendido su forma de interposición y la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-509-2025.(acl)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintisiete de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Felipe Calvo Toloza, en contra de la resolución de fecha veinticuatro de julio de dos mil veinticinco, escrita a folio 11 en el expedient

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