ANONIMIZADO
Rol
Fecha
25 de agosto de 2025
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña María Cristina Pávez Lillo, en contra de la resolución de fecha diecisiete de julio de dos mil veinticinco, escrita a folio 11 en el expediente digital, por extemporáneo. Devuélvase. N°Familia-505-2025.(acl)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña María Cristina Pávez Lillo, en contra de la resolución de fecha diecisiete de julio de dos mil veinticinco, escrita a folio 11 en el expediente digital, por extemporáneo. Devuélvase. N°Familia-505-2025.(acl)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña María Cristina Pávez Lillo, en contra de la resolución de fecha diecisiete de julio de dos mil veinticinco, escrita a folio 11 en el exp
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica