SIN INFORMACION

MEDINA ARELLANO MARIO ALBERTO / ENEL DISTRIBUCION

Rol

Fecha

20 de agosto de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que, comparece Mario Medina Arellano, a través de formulario, quien recurre de protección en contra de Enel Distribución S.A., indicando que hace poco más de un año la compañía le informó que debía un monto de $500.000, pese a que tenía un convenio de pago, que se encontraba al día, y que este monto se debía por no haberle cobrado durante 5 meses. Asimismo, alega haber recurrido en primer término al SERNAC, y luego a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Señala que esta última habría fallado a su favor en más de una ocasión, y que finalmente, le habrían sugerido recurrir a la Corte de Apelaciones. Agrega que Enel le habría suspendido el suministro mientras se encontraba con su caso pendiente en la SEC, y que lo restauró después de 24 horas. Además, indica que se mantendrían los cobros indebidos e injustificados. A través de diversas presentaciones, agregó, en síntesis, que la recurrida le ha impedido realizar pagos de consumo base del mes y que además, no ha justificado la forma en cómo llegó al monto que pretende cobrar, reiterando un eventual corte de suministro eléctrico. Pide, en definitiva, que Enel no insista en sus cobros injustificados, no corte el suministro y que se le permita comenzar a pagar en forma normal para regularizar su situación. SEGUNDO: Que la Enel Distribución S.A. evacuó informe en el siguiente tenor. Precisó que se trata de un cliente residencial con tarifa BT1, cuya última boleta normal fue emitida el 27 de septiembre de 2022 por la suma de $67.490, período tras el cual la cuenta ingresó en estado de "Backlog" hasta el 23 de febrero de 2023. Posteriormente, señala que el cliente celebró reiterados convenios de pago que fueron sistemáticamente incumplidos, tanto en el pie contado acordado como en las cuotas pactadas, circunstancia que determinó la anulación automática de dichos acuerdos por el sistema. Asimismo, indicó que al 31 de agosto de 2023 se informó al cliente una deuda total de $487.268, efectuándose el último pago parcial el 16 de septiembre de 2023 por $71.751, quedando un saldo adeudado de $415.517. Posteriormente, al 16 de octubre de 2023, la deuda ascendía a $492.706. Explica que por el por el caso SEC TIMES 1911682 REX 11428 AGO 23 se rebajaron $128.530 y que al 19 de febrero de 2025 se efectuó una rebaja adicional por $310.573. Indica que, consecuentemente, la deuda actual del cliente ascendió a $883.482, habida cuenta que se encuentra en mora de desde septiembre de 2023, fecha en que realizó el último por su deuda eléctrica, manteniendo consumos en todo el periodo. En cuanto al derecho, argumentó que no ha cometido acto alguno ni incurrido en omisión arbitraria o ilegal que pueda causar privación, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de las garantías constitucionales del recurrente. Por el contrario, sostiene que las eventuales vulneraciones fueron debidamente subsanadas mediante las rebajas aplicadas, perdiendo el recurso su oportunidad. Pide, en de

Fallo

Por estas razones, esta Corte estima que las alegaciones del recurrente, si bien pueden ser atendibles en otra sede, no configuran una situación que justifique la intervención extraordinaria por vía del de protección, debiendo canalizarse través de los procedimientos ordinarios establecidos en el ordenamiento jurídico para la resolución de conflictos en materia de servicios eléctricos. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Mario Medina Arellano, en contra de Enel Distribución S.A. Regístrese y archívese. N°Protección-1626-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de agosto de dos mil veinticinco. Al escrito folio 34: téngase presente. Vistos y considerando: PRIMERO: Que, comparece Mario Medina Arellano, a través de formulario, quien recurre de protección en contra de Enel Distribución S.A., indicando que hace poco más de un año la compañía le informó que debía un monto de $500.000, pese a que tenía un convenio de pago, qu

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