OSCAR EDUARDO GAJARDO URIBE C/ SEBASTIAN DANIEL MORANDO HERRERA
Rol
Fecha
20 de agosto de 2025
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS ART. 197 Y 198.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1° Que corresponde conocer de las apelaciones deducidas por el Ministerio Público y los querellantes, en contra de la resolución de 8 de agosto de 2025, dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, por medio de la cual se revocó la medida cautelar de prisión preventiva y decretó las cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional, respecto del imputado Sebastián Daniel Morando Herrera. 2° Que al efecto, de acuerdo con las alegaciones realizadas por los intervinientes en audiencia, lo cierto es no se advierte la existencia de nuevos antecedentes o circunstancias que, a la fecha, modifiquen o desvirtúen los presupuestos fácticos y jurídicos que en su momento justificaron la imposición de dicha cautelar, cuestión que además ha sido confirmada en tres oportunidades por esta Corte. 3° Que se tiene en consideración la multiplicidad de delitos, formas y circunstancias de su comisión, cantidad de víctimas, montos defraudados y bienes jurídicos protegidos, todo lo cual, permiten establecer que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Lo anterior, se ve agravado por la calidad de abogado del imputado. 4° Que el mero transcurso del tiempo privado de libertad no puede ser la única razón para dejar sin efecto la prisión preventiva, más aún, si no existe un efecto disuasivo en el imputado para dejar de delinquir. 5° Que, finalmente, los argumentos de la defensa en relación con la aplicación de la prescripción o circunstancias modificatorias de responsabilidad son cuestiones de fondo que deben ser discutidas en el juicio respectivo Por estas consideraciones, se revoca la resolución de 8 de agosto del año en curso, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, y en su lugar se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Sebastián Daniel Morando Herrera, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordado con el voto e
Fallo
Por estas consideraciones, se revoca la resolución de 8 de agosto del año en curso, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, y en su lugar se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Sebastián Daniel Morando Herrera, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordado con el voto en contra del Ministro (S) señor Nibaldo Arévalo Macías quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada teniendo únicamente en vista el largo periodo que lleva el imputado privado de libertad por la presente causa, su irreprochable conducta anterior y la evidencia que gran parte de los hechos formalizados, pudieran estar sujetos a la norma del artículo 103 del Código Penal, lo que incide en la prognosis de la pena probable a imponer. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veinte de agosto de dos mil veinticinco. Sala: Novena Rol Corte: Penal-4222-2025 Ruc: 2310013503-5 Rit : O-1993-2023 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministro señora María Paula Merino Verdugo, el Ministro (S) señor Nibaldo Bernardo Arévalo Macías y la Abogado Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma Relatora: Consuelo Escob
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