MP C/ LUIS ALFONSO SEPULVEDA MUNOZ
Rol
Fecha
20 de agosto de 2025
Materia
FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES. ART. 196 B LEY 18.290.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Que comparece Félix Andrés Arto Castillo, abogado defensor, en representación del acusado Luis Sepúlveda Muñoz, en causa RIT 232-2022, quien interpone Recurso de Nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, notificada legalmente a las partes en audiencia de lectura de fallo de fecha 21 de junio de 2025, en virtud de la cual se resolvió condenar a su cliente, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más multa de 10 UTM, suspensión de la licencia de conducir por dos años y accesorias como autor del delito consumado de conducir a sabiendas con una licencia de conducir falsa, previsto y sancionado en el artículo 192 letra b) de la ley N°18.290. Que pide, se acoja el recurso por configurarse la causal impetrada, y en su caso se proceda a anular la sentencia, dictando la consecuente sentencia de reemplazo imponiendo una pena que no exceda de los 300 días de presidio menor en su grado mínimo, concediendo la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, manteniendo el resto incólume. Que, declarado admisible el recurso, se ordenó poner en tabla para su vista, la cual se realizó el pasado 18 de agosto. OIDOS LOS INTERVINIENTES Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente alega la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal esto es: “b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”. Señala que el tribunal ha erróneamente aplicado el derecho en lo atingente al artículo 68 bis del Código Penal, no aplicando dicha norma basado en un sustrato equivocado al que el legislador tuvo en vista al consagrar la norma. El
Fallo
fallo de fecha 21 de junio de 2025, en virtud de la cual se resolvió condenar a su cliente, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más multa de 10 UTM, suspensión de la licencia de conducir por dos años y accesorias como autor del delito consumado de conducir a sabiendas con una licencia de conducir falsa, previsto y sancionado en el artículo 192 letra b) de la ley N°18.290. Que pide, se acoja el recurso por configurarse la causal impetrada, y en su caso se proceda a anular la sentencia, dictando la consecuente sentencia de reemplazo imponiendo una pena que no exceda de los 300 días de presidio menor en su grado mínimo, concediendo la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, manteniendo el resto incólume. Que, declarado admisible el recurso, se ordenó poner en tabla para su vista, la cual se realizó el pasado 18 de agosto. OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente alega la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal esto es: “b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”. Señala que el tribunal ha erróneamente aplicado el derecho en lo atingente al artículo 68 bis del Código Penal, no aplicando dicha norma basado en un sustrato equivocado al que el legislador tuvo en vista al consagrar la norma. El fallo recurrido pugna con el Artículo 68 bis del Código Penal,
Texto Completo (Preview)
Talca, veinte de agosto de dos mil veinticinco. VISTO: Que comparece Félix Andrés Arto Castillo, abogado defensor, en representación del acusado Luis Sepúlveda Muñoz, en causa RIT 232-2022, quien interpone Recurso de Nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, notificada legalmente a las partes en audiencia de lectura de fallo de f
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica