JUZGADO DE GARANTIA DE VALLENAR

JUZGADO FAMILIA VALLENAR C/ JULIO EDUARDO GONZALEZ VARAS

Rol

Fecha

20 de agosto de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°) Respecto del presupuesto material de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, se estima justificado en este estadio procesal con los antecedentes expuestos en audiencia, esto es, el parte policial y sus anexos, y, en especial, por la declaración de la víctima, que dio cuenta de la dinámica de los hechos, así como por el video que se incorporó. 2°) Sobre la necesidad de cautela, se consideran las siguientes circunstancias como antecedentes calificados que permiten concluir que la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la víctima, conforme a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal: la multiplicidad de delitos por los que el imputado fue formalizado, dentro de los cuales se incluyen dos ilícitos de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, desacato y daños; además, el hecho de registrar el imputado tres condenas correspondientes a los años 2022 y 2023, por ilícitos en contexto de violencia intrafamiliar en contra de la misma víctima de estos autos, señora Vania Yalixsa Alvarado Araya. 3°) Enseguida, y por las circunstancias anteriores, resulta razonable concluir que la prisión preventiva constituye la única medida cautelar idónea y proporcional para asegurar los fines del procedimiento penal, no habiéndose dado cuenta de la suficiencia de otras medidas menos gravosas para alcanzar dicho objetivo. Conforme lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de trece de agosto de dos mil veinticinco por el juez de Garantía de Vallenar, don Daniel Herrera Marín, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Julio Eduardo González Varas, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la víctima. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-601-2025.

Texto Completo (Preview)

Fecha: veinte de agosto de dos mil veinticinco Sala: Primera Rol Corte: Penal-601-2025 Ruc N°: 2424997367-6 Rit N°: O-361-2025 Juzgado: Garantía de Vallenar. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Pablo Krumm De Almozara y ministra señora Aida Osses Herrera y abogada integrante señora Verónica Álvarez Muñoz Relatora (s): Sara Nayte Lagues Abogado Asesor M.P.: Juan Fernández Espejo Defensor Pena

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