PINCHEIRA/SERVICIO DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
20 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el artículo 141 de la Ley N° 21.325 dispone “Recurso judicial. El afectado por una medida de expulsión podrá reclamar por sí o por cualquier persona en su nombre, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del plazo de diez días corridos, contado desde la notificación de la resolución respectiva”. 2°) Que, en el presente caso, se ha ejercido el reclamo de ilegalidad en contra de la Resolución Exenta N° 16724, de fecha 13 de mayo del año 2025, emitida por el Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, don Luis Eduardo Thayer Correa, que ordena la expulsión del territorio nacional de doña Natalia Molina Morales. 3°) Que la reclamante fue notificada, según expresamente señala su libelo, el 16 de mayo del año 2025, de los que se sigue que el presente recurso fue deducido en forma extemporánea al haber sido presentado el día ocho de agosto pasado. Por lo antes razonado, y de conformidad con lo dispuesto en la ley 21.325, se declara inadmisible por extemporánea la reclamación deducida. Archívese. Rol N° 51-2025 Contencioso Adm.
Fallo
se declara inadmisible por extemporánea la reclamación deducida. Archívese. Rol N° 51-2025 Contencioso Adm.
Texto Completo (Preview)
CH1. MVT San Miguel, veinte de agosto de dos mil veinticinco. Al folio N° 1: Por recibidos antecedentes de la I. Corte de Apelaciones de Santiago, se acepta competencia declinada. Resolviendo derechamente la acción intentada: Vistos y teniendo presente: 1°) Que el artículo 141 de la Ley N° 21.325 dispone “Recurso judicial. El afectado por una medida de expulsión podrá reclamar por sí o por cualq
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