GARRIDO RIQUELME CAROL DEL CARMEN/ TRIBUNALES DE FAMILIA DE IQUIQUE
Rol
Fecha
20 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO: Se acepta la competencia. Resolviendo derechamente presentación Folio N° 1: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que los hechos que sustentan el recurso sobrepasan los márgenes de la acción cautelar interpuesta, desde que aluden a alegaciones que deben ser conocidas y resueltas en la causa en la que inciden del Juzgado de Familia de Iquique-, no siendo ésta la vía idónea para obtener la pretensión que indica en el petitorio de su presentación, a lo que se agrega que tales argumentos se encuentran actualmente sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia como aparece de la tramitación del proceso aludido, y visto, además, lo dispuesto en los números 1 y 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara INADMISIBLE la acción interpuesta. Regístrese y archívese. Rol N° 1529-2025 Protección. /rpc
Fallo
se declara INADMISIBLE la acción interpuesta. Regístrese y archívese. Rol N° 1529-2025 Protección. /rpc
Texto Completo (Preview)
Iquique, veinte de agosto de dos mil veinticinco. Por recibidos los antecedentes desde la Corte de Apelaciones de Santiago. VISTO: Se acepta la competencia. Resolviendo derechamente presentación Folio N° 1: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que aparece que los hechos que sustentan el recurso sobrepasan los márgenes de la acción cautelar interpuesta, desde que aluden a alegaciones que
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