FRANCIQUE CHARLOT/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
20 de agosto de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1 comparecen Tomás Matheson Mujica, abogado, en beneficio de CHARLOT FRANCIQUE, de nacionalidad haitiana quien interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la falta de emisión del certificado de ampliación de residencia definitiva en trámite del recurrente, constituyendo dicha omisión una afectación a su derecho a la libertad ambulatoria, consagrada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Hace presente que el amparado de nacionalidad haitiana, ingresó de manera regular y por paso habilitado al país por lo que ha obtenido visas anteriormente. Así, cumpliendo con los requisitos legales, postuló a residencia, la que lleva por número de solicitud 54094067, con fecha 30 de agosto del año 2022. En atención al tiempo transcurrido, casi tres años y según el procedimiento, la amparada ha solicitado Ampliación de Solicitud de Residencia Definitiva, pero, en la actualidad, no le ha sido posible obtenerla ya que la opción no se encuentra disponible en la página. Refiere que este documento es de suma importancia ya que permite a la amparada pueda salir del país y retornar sin que exista ningún tipo de impedimento. A folio 6 evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando desde ya el rechazo en todas sus partes de la misma, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición. Refiere que el 7 de enero de 2025, mediante Resolución Exenta Nº 25008932 del Servicio Nacional de Migraciones, se rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparado, la cual fue objeto de recurso de amparo ante esta Ilustrísima Corte de Apelaciones, bajo el Rol N°2569-2025 (2sala Sra Figueroa, Sra. Blucy Sra. Cohen) l que fue acogido y confirmado por la Excma. Corte Suprema el 7 de agosto del presente año, ordenando dictar un nuevo actor terminal en el plazo de 90 días ( 30 días dice el recurso), teniendo en cuenta los nuevos antecedentes presentados. Hace presente
Fundamentos
considerando: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones que emita el certificado de residencia definitiva en trámite solicitada por el recurrente Charlot Francique, Tercero: Que, la recurrida al informar, señala que las solicitudes de ampliación de certificado de residencia definitiva en trámite deben ser realizadas mediante el portal web de dicho servicio. Cuarto: Que, lo señalado por el Servicio, no tiene asidero legal o reglamentario; en efecto, de conformidad al Reglamento de la actual Ley de Migraciones, el Servicio debe entregar el certificado de residencia en trámite. Quinto: Que, la actuación del servicio, por de pronto ilegal, afecta el derecho a la libertad ambulatoria del recurrente, desde que, al no poder acceder al referido estampado, no puede hacer uso de los derechos otorgados en los artículos 1° N°25, 38 y 43 de la Ley N° 21.325.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se acoge, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de CHARLOT FRANCIQUE, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, la recurrida deberá poner a disposición del recurrente el certificado de ampliación de residencia en trámite, dentro del plazo de diez días. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-2772-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de agosto de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparecen Tomás Matheson Mujica, abogado, en beneficio de CHARLOT FRANCIQUE, de nacionalidad haitiana quien interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la falta de emisión del certificado de ampliación de residencia definitiva en trámite del recurrente, constituyendo dic
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