JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

MP C/ CARLOS ANDRES VALDEBENITO BUENO

Rol

Fecha

20 de agosto de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y, de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de doce de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de CARLOS ANDRÉS VALDEBENITO BUENO. Comuníquese, notifíquese y devuélvase, vía interconexión. N°Penal-2302-2025.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veinte de agosto de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 09:16 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro Suplente Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez e integrada por la Ministra Suplente Sra. Leonor Cohen Briones y el Abogado Integrante Sr. Álvaro Pavez Jorque

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