JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE ALTO HOSPICIO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

19 de agosto de 2025

Materia

RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

VISTO: Atendido al mérito de los antecedentes, la capacidad económica del alimentante y lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley N°19.968, y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución de ocho de julio de dos mil veinticinco, con declaración, que se reduce el monto de los alimentos provisorios a favor de los niños [NOA] y [ARIEL], ambos [SOTO], a la suma equivalente a 5 Unidades Tributarias Mensuales, más el 50% de los gastos extraordinarios, en la forma y fecha determinada por el tribunal a quo. Devuélvase. Rol N°242-2025 Familia.

Texto Completo (Preview)

Iquique, diecinueve de agosto de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido al mérito de los antecedentes, la capacidad económica del alimentante y lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley N°19.968, y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución de ocho de julio de dos mil veinticinco, con declaración, que se reduce el monto de los alimentos provisorios a

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